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por más que se lean en libros antiguos ó mo- dernos de la Orden, ó de fuera de ella. Manda- mos que no se haga cambio, supresión ó au- mento alguno en el presénte «Manual», ni reim- presión del mismo sin especial licencia de Nos Ó de Nuestros Sucesores, como lo exigen las le- yes de la Orden. Todos los Religiosos deberán leer y meditar el «Manual», con filial y devoto afecto, en la parte que les pertenece, para observarlo con toda exactitud y fidelidad como medio principal de llegar con facilidad á la perfecta observancia de todos los deberes del verdadero Capuchino, re- cordando que es falsa la virtud del Capuchino, Preladoó6 súbdito, que no guarda con exactitud las leyes vigentes de la Orden, las cuales son el medio más apto para santificarnos en medio de los trastornos de los pueblos y naciones y de la confusión de ideas y opiniones humanas. El «Manual» será guía segura para esta salu- dable observancia, y fuente de bendiciones ce- lestiales para los que en todo se atengan á cuan- to en él se indica. El presente Decreto con todo el Manual se leerá en público refectorio, luego de recibido. Dado en Roma, en Nuestra residencia de S, Ni- colás de Tolentino á 2 de Agosto de 1890, en la fiesta de Nuestra Señora de los Angeles. L. YX S. FR. BERNARDO DE ANDERMATT. Min. Gen. Cap.
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