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- 20 Respecto de la Cofradía, goza de tantos privilegios que cou razón pudiera llamarse «Tesoro de jndul~cncias•, pues el Romano Pontífice Urbano VIII, por Bula. expedida en 7 de abril de 1633 I<' confirió el títttlo de Ar– chicofradía, a~regada A las de Roma, cuyo importaute documento se publicó r•n el San– tuario, con mucha solemnidad, el dla 25 de septiembre do dicho afio, el cual se conserva en el archivo, impreS'> en pergamino y auto– rizado por el Excmo. Sr. D. F'rancisro Barbe– rino, Cardenal Vírocancelario y protector de la «Venerable Archicofradía del Sa.otísin1o Cuerpo <le Cristo•, fundada en la Iglesia de San Lor<mzo in Dámaso de Roma. Goza de mu has indulgencias plena.rías y parciales, corno soll: el día del ingreso en ell¡t, previa confesión y comunión; en el ar– ticulo dC' la. muerte, siendo Cofrade, arrepen– tido, confesado y comulgado, invocare de co– razón el nombre de ,Jesús, si no pudiere con la bo('a; por acompai1ar al Senor en la proce– sión del Corpus, ó el Viático á los enfermos; por visitar Ja Iglesia de la Cofradla el día de su festividad, desde Jas primcraA vísperas hasta puesto el sol, r<1gando por la exaltitción de la Santa Iglesia, extirpación de las here– jías y paz entre los Príncipes cristianos, y otras que, con las condiciones ordioarias, pueden g-anar los fieles, concedidas por Su Santid:i d el Papa Clemente VIII en su Bula de Jubileo, expedida en Roma el dla 27 de enero de 1602, y además las que pueden ga-

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