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LUZ DEL CIELO SOBRE EL, SEPULCR( 153 Simultáneamente con la aprobación de la Iglesia, tra- mitábase la del poder civil. Las Ordenes y Congregaciones Religiosas se hallaban expulsadas de España desde los aciagos días de 1835. Al amparo de ciertas condescen- dencias y de benignas interpretaciones, iban restablecién- dose algunas durante el reinado turbulento de Isabel II. Nuestras Carmelitas habían podido sostenerse, crecer y multiplicarse gracias a su obra benéfica en los Hospitales, reclamada por las mismas calamidades públicas. Pero era preciso darles existencia legal, sobre todo desde que pre- valecía en su vida pública la finalidad educativa tan re- sistida por el instinto de las sectas, cuando son religiosos los que se la proponen y ejercitan. Muchas gestiones, memoriales y empeños se presen- taron al Gobierno de la Reina ; la cual, por fin, expidió el Real Decreto del 1 de julio de 1861 desde Santander, por el que reconoce la existencia legal de las Madres Car- melitas de la Caridad a quienes denomina « Hermanas Escorialesas de Nuestra Señora del Carmen, establecidas en Vich », sosteniendo el nombre popular que en un prin- cipio las distinguía desde que tuvieron su cuna en la casa solariega del Manso Escorial. Y te trcainrcicins AAA ic tal ic > ral

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