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AREA A 3 er mer = 514= mentos de las Facultades teológicas, de las Univer- sidades y de otros institutos católicos fuera de Ro. ma, y concede su facultad para que puedan con- ferirse, mediante examen, grados y diplomas canónicamente válidos. PENITENCIARÍA APOSTÓLICA Regula las cuestiones del tribunal de la peni- tencia «en el foro interno.» Dispensa de las censuras, de las irregularida- des y de los impedimentos «ocultos» del matrimo- nio. Los impedimentos públicos dependen de la da- taría y de los breves, pero también los despacha esta Congregación si los contrayentes son pobres. Autoriza á los confesores para absolver en los casos reservados. La Penitenciaría contesta tam- bién directamente á los interesados sin que sea necesario que éstos gasten oficios, trabajos, ni co- misiones de tercera persona. Todos los empleados de la Penitenciaria son sacerdotes y todos están obligados al secreto de la confesión y para esto prestan juramento en el acto de su admisión á tal empleo. Las súplicas que los confesores hacen á esta Congregación deben ser anónimas, ó confirmadas con pseudónimo; pero deben constar allí los nombres de los interesados. CANCILLERÍA APOSTÓLICA Despacha las Bulas y Letras Apostólicas «sub plumbo» sellado á plomo, escribe sobre las súpli- :as las gracias y favores concedidos por el Sumo Pontífice. Todo Papa, luego de su exaltación al trono Pontificio, establece el tribunal particular de la

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