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dicto XIV, con la Constitución «Sollicita et próvi- da», determinó otra norma que es la que ahora sirve de pauta á la Congregación para lle ar su cometido. SAGRADOS RITOS Fué instituida por Sixto V en el año 1587. Tra- ta las causas de las canonizaciones ó beatificacio- nes; aprueba la elección de Santos Patronos ó San- tos Protectores de los reinos, provincias, naciones, diócesis y ciudades; se ocupa del culto de las Sa- gradas Imágenes y aprueba sean expuestas á la veneración pública; determina el rito, doble ó. se- midoble, las fiestás con octava, las octavas parti- culares, los oficios y las misas votivas; fija las rú- bricas del breviario y del misal; establece la pre- cedencia y el uso del pontifical con la norma de las rúbricas; revisa los rituales, los breviarios, y todos los otros libros particulares provenientes de las diócesis; aprueba los oficios particulares he- chos para ciertas diócesis; trata del derecho de celebrar funerales, y juzga si se dá el caso de ele- var una iglesia á la dignidad de Basílica. Aprueba los signos distintivos de las vestiduras sagradas; decide sobre toda controversia de liturgia y de ce- remonias religiosas, y concede las dispensas refe- rentes al culto de la Iglesia católica y administra- ción del Santísimo Sacramento. CEREMONIAL Es una derivación de la anterior. Fué instituida por Sixto V con la Bula: Immen- sa de 1587. Pertenece á esta Congregación vigilar sobre la más eserupulosa observancia de las ceremonias

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