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— 129 — tiene en este punto gravísimas obligaciones que en sustancia son las siguientes: 1.* si su nación se halla en las tinieblas de la irreli- gión ó de la gentilidad, v llegan á ella á anun- ciar la Religion de Jesucristo los predicado- res del Evangelio, debe concederles amplia libertad y protección, á. fín de que la Religion Católica se difunda. y pase la nación de lo que yo he llamado estado de antítesis al es- tado de hipótesis. 2.7 No debe detenerse ahí, porque, sien- do la Religión de Jezucristo la única verda- dera, debe reinar sola; es deber pwr consi- guiente del Gobernante procurar po: todos los medios que pone en su mano la autori- dad que la nación pase del estado de hipóte- sis al estado de tésis 3.* Llegado á esas alturas, y puesta ya la inmensa mayoría del pueblo en posesión de la verdad religiosa, debe prohibir toda manifestación externa de culto que no sea el católico, y toda especie de propaganda here- tical Ó impía que tienda á descristianizar á la nación. 4.* No puede contentarse con eso, sino que debe además declarar á la Religión Ca- tólica Religión del Estado, mandando que las instituciones oficiales del mismo funcio- nen con arreglo á los mandamientos y ense- ñanzas de la Iglesia. He ahí las cuatro principales obligaciones del Jefe de una nación, según la situación en que ésta se encuentre. Cuando ha cumplido la cuarta ha llegado el pueblo al lugar de donde jamás debe moverse. El pueblo ilumi-

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