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apra l aja eje ela eje le ajo lo je ale las ler je Regla de la V. O. Tercera CAPITULO I De la recepción a la Orden, Noviciado y Profesión. l. No sea permitido admitir sino a los ma- yores de catorce años que sean de buenas cos- tumbres, amantes de la paz y sobre todo, fie- les en la observancia de la Religión católicaly experimentados en la obediencia a la Iglesia Romana y a la Santa Sede. 11. Las mujeres casadas ¡no serán admitidas sin el consentimiento de sus maridos, excepto si por consejo de su confesor pareciese que conviene obrar de otra manera. III. Los admitidos a la Congregación, lleva- rán, según costumbre, el escapulario pequeño y el cordón; de lo contrario no gozan de los derechos y privilegios concedidos. IV, Todos los que entren en la Tercera Or- den, harán un año de noviciado; luego, profe- sando debidamente en la Orden, prometerán

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