BCCPAM000R02b-6-2300000000000

de la Congregación de Sacramentos. 215 nos una vez al año, al propio sacerdote, y procuren cumplir en la medida de sus fuerzas la penitencia que les fuese im- puesta, recibiendo con reverencia el sa- cramento de la Eucaristía, á lo menos, en Pascua, á no ser que del consejo del propio sacerdote y por una causa razo- nable se juzgue conveniente abstenerse de recibirla por algún tiempo. El Concilio Tridentino,*” sin reprobar la antigua disciplina de administrar á los párvulos la Eucaristía antes del uso de razón, confirmó el Decreto Lateranense y anatematizó á los que sintieren en con- tra. «Si alguno negase que todos y cada uno de los fieles cristianos de uno y otro sexo, habiendo llegado á la edad del discernimiento, están obligados todos los años, á lo menos en Pascua, á comulgar según el precepto de la Santa Madre Iglesia, sea excomulgado.»* Así, pues, en fuerza del predicho y aún vigente Decreto de Letrán, los cris- tianos están obligados, luego de haber llegado á la edad de la discreción, á (1) Ses. XXI, de Communione,C. 4 (2) Ses. XIII, d2 Eucharistia, c. 8, ca1. 9.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz