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«Juan Vida! de Arce pide licencia para entrar en el cabildo y se le niega». ésle acuerda «que no se oiga a Juan Vida! de A.rce y dásele para su camino» (22). El cabildo l de la ca•tedral de Palencia se mostró inf.lexible en «Este día [9 de febrero de 1606] presentes los el caso de su maestro de capilla. Para que no in– señores [Sigue la lista de asistentes], llamados sistiera más, se acuerda se 'le dé algunos dineros del día de antes por su portero especialmente para que vuelva a su tierra. para los negocios infrascritos según que lo tienen de uso y costumbre, y así juntos a tratar lo que se había de hacer para proveer el magisterio de capilla de esta santa iglesia que estaba vaco, Pº: haber despedido del servicio de ella a Juan Vz– dal de Arce, por el delito que cometió en el coro el día de San Sebastián pasado, y querien– do comenzar a tratarlo, entró el pertiguero y dijo que el dicho Juan Vida! estaba a la puer.ta y pedía licencia para entrar; lo cual fue causa de dejar el negocio principal para que estaban llamados y tratar si entraría o no; sobre lo cual se habló y platicó dando votos y pareceres, en los cuales se volvió a referir la gravedad del de– lito pasado y otras particularidades que en el discurso del tiempo que estuvo proveído del dicho magisterio se habían enterado, así de su condición como del recogimiento y concierto de su casa, que no había sido el que de la pruden– cia gravedad y compostura de su persona se es;eraba y era necesario para dar buen ejemplo, criar, enseñar y doctrinar a los niños de co_ro que estaban a su cargo, pues esta era la prin– cipal causa que había movido al cabildo para hacer la provisión del dicho magisterio en el su– sodicho; por todo lo cual acordaron de mandar que no entrase, y prosiguiendo en el negocio an– tes comenzado, se habló en él muy larga y par– ticularmente dando votos y pareceres en particu– lar. Y habiéndolos dado por estar diferentes, se acordó de votar. por habas secretas si se trata– ría de poner edictos para la provisión del dic~o magisterio o se nombrarían personas que pusie– sen los ojos en la que fuese más a propósito para él. Y habiéndolo votado, por mayor parte salió acordado se trate luego en este cabildo, y en esta conformidad se trató si se pondrían edictos o se llamaría persona, hablando en ello y dando cada uno de sus mercedes su voto y parecer. Y habiéndolo votado, por la mayor parte de los votos que hubo en este cabildo salió -persona, y para que sea la que convenga, ordenaron que todos sus mercedes hagan diligencia, informán– dose de todas las que se ofrecieran en el cabil– do, para que se elija la que más convenga y sea para mayor servicio de la iglesia, estando pr~– sentes los señores racioneros de este cabil– do» (21). Vida! de Arce no da su brazo a torcer y de nue– vo insiste en querer hablar con el cabildo; pero (21) Ibidem, fol. 5' y 5'. 116 Pleito y apelación al Sr. Nuncio El maestro de capilla despedido movió todos los resortes 'legales para volver a su puesto de Palen– cia. Durante más de un año, a partir de su despi– do, estuvo Juan Vida'! empeñado en esta labor. El pleito llegó hasta el Sr. Nuncio de Madrid, que falló en contra del maestro de capilla y a favor del cabildo de Pa'lencia. Las actas palentinas se hacen amplio eco de 'los esfuerzos y apelaciones de Vida[ de Arce por volver a Paiencia y del cabildo por impedírselo. El 29 de agosto de 1606 «ref.irió– se ,Ja sentencia en el ipleito deiJ maestro de capilla Vida'!». En ella se declaraba «poder haber despe– dido el cabi'ldo» de su puesto al maestro de capi– lla (23). En el cabildo del 13 de septiembre del mismo año, se vuelve a tratar del asunto Vidal de Arce (24). Lo mismo se hizo en el cabildo del 3 de octubre siguiente (25). En el cabildo del 30 de octubre de 1606, se ,lee: «Citación inivitoda y compu•lsoria del Sr. Nuncio en el negocio del maestro de capilla». El Sr. Nun– cio «cita al[ cabildo de Palencia, para que por su procurador en Madrid, corte de Su Majestad, don– de el dicho Sr. Nuncio tiene su audiencia» (26), defienda su postura ante 'la reolamación de Vidal de Arce. Al fin, el •tribunal del Sr. Nuncio falló en contra de Juan Vida! de Arce, confirmando y aprobando fa sentencia dada y pronunciada por el ordinario de PaiJencia en primera instancia. La cuerda se quebró por lo más débil, y el pobre Vida1 de Arce tuvo que pagar las costas del jurcio. Se ,le impo– nía además «perpetuo silencio». El cabildo se a1e– gró muoho de haber ganado el pleito. Su procu– rador en Madrid, Dr. Gómez, fue felicitado por el fe1iz éxito de sus negociaciones. Léase e1 acta pa– lentina que pone punto final al negocio del maes– tro de capilla Juan Vida'! de Arce. «Sentencia del Sr.. Nuncio dada contra el maes– tro de capilla Vida!». «Este dicho día [15 de marzo de 1607] y ca– bz'ldo, el Sr. Dr. Gómez refirió lo que había tra- (22) lbidem, fol. 9". 1(23) lbidem, fol. 18'. {24) Cfr. ibidem, fol. 20". (25) Ofr. ibidem, fol. 22•. (26) lbidem, fol. 25".

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