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de hechos particulares, la razén asciende a principios genera- les aplicables a todos los hechos de la misma especie.» Puede ser: 1.° Propia; cuando la observacién se refiere a casos. idénticos. 2.°) Analégica: si versa sobre aspectos andlogos: Es indus cién analdégica suponer la pluralidad de mundos habitados. Los principios inductivos son: «En igualdad de circunstancias, las mismas causas produ- cen los mismos efectos.» «En la naturaleza todo sucede en virtud as leyes estables y generales,» Deduccién: Su regulacién: » «Es la marcha dela razéu, cuando poseedora de ciertos principios generales, desciende a las consecuencias particula- © res.» La deduccién es el complemento natural de la induccién. y i ies hs, ney SN *ste ae je a exige imperiosamente que sellegue alas ultimas conclusio- ; nes de la induccién antes de poder usar la deduccidn. Regulacién dela generalizacidén: Cuanto mayor sea la comprensién de una nocién, menor — sera su extensién y viceversa. La ideade hombre por ejem- — ‘plo, tiene mas comprensidn que la de animal, por que aquella contiene todas las notas que constituyen a esta, y ademis la 4d racionalidad; pero la nocién de animal es por el contrario mas oxtensa que la de hombre, porque representa nosoloa ; todos los hombres, sino a otros seres que no lo son. LECoiow 5S. Determinacién del valor de las nociones en las : proposiciones: Fuera de la proposicién los términos no tienen valor, por- que no estan determinados. De aqui se deduce la necesidad del estudio de la suposicién de los términos. Suposicién de los tér minos: Se llama asi el;uso que hacemos de un término para que signifique una cosa entre las varias que puede denotar.

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