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sencia de Dios. Este culto se ha de manifestar y exigir en la asistencia pun- tual a todos los actos religiosos, que se celebren en la iglesia o en la capi- Ila; en la decencia del vestido que se Ileve a las funciones nena las ce- remonias bien hechas; etc. Vil—Ademas del culto diario sefialado en el Seta todos los domin- gos y fiestas iran al coro para la Misa Conventual, para | rezo del Rosario y demas ejercicios acostumbrados. Los sdbados \cantaran con la Comunidad la Salve y los gozos de la Inmaculada. Asistiran alos oficios de Semana Santa. El P. Director podra enviarlos en casos de funciones extraordinarias. Vill—Debe ensefidrseles a los nifios la devocién de la esclavitud de la Sma. Virgen, y para que el nifio se impresione saludablemente con el culto a la Sma. Virgen, el P. Director procurard solemnizar con pompa extraordi- naria sus festividades, particularmente la Anunciacién, la Divina Pastors, la Presentaci6n y la Inmaculada. IX—Asi mismo al principio del curso los nifios tendran cuatro dias in- tegros de ejercicios espirituales, que los predicara un Padre de otro conven- to. Ademds sera dia de retiro el dia de Viernes Santo y a ultimo dia del afio. C)—Los Sichnmeaiee: Los Sicemeitt de la Comunién y de la confesién son como el Resur- rectio et Vita de N. S. Jesucristo. Jesucristo es la resurreccién del alma en el sacramento de la confesién y es la Vida en el sacramento de la Eucaristia. A estos Sacramentos debe atenderse durante la vida de gracia, como se atendié al bautismo en el estado de pecado original. I—Los Padres Director y Prefecto de espiritu han de ensefiarles el_mo- | | do de recibir provechosamente estos Sacramentos. La instruccién completa sobre todo de la confesién, es causa de mucha gracia y evita el desarrollo de ' Jos escriipulos, sumamente perjudiciales al progreso espiritual. II—Los nifios pueden confesarse libremente con el Padre que quieran y que esté aprobado, Pero el confesor propio sera el P. Prefecto espiritual y los sefialados por el P. Provincial. Las confesiones seran por lo menos se- manales y en los dias y horas sefialadas por el P. Director, evitandose el que los nifios se confiesen en horas en que deben estar acostados segiin el regla- mento, El lugar ordinario de confesiones sera el confesonario y se procurara que no se hagan en las celdas. IlIl—Todos los domingos y dias festivos seran dias de comunién para todos los nifios; se les aconseja que comulguen los primeros viernes de mes, los sdbados, los santos del Romano Pontifice, del Rvmo. P. General, del M. R. P. Provincial, del P. Guardian y Director, PP. Profesores, Prefectos y Vigilantes. El ideal es que el nifio comulgue todos los dias, IV—Con el fin de que el nifio tenga todos los medios necesarios 0 con- venientes para recibir dignamente el sacramento de la confesién y de la co= 24

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