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9. Si al final del curso no hay enmienda ni esperanza de que la haya, y tratandose de alumno peli- groso, se notificara a su familia la conveniencia de que no vuelva mas. El P. Rector, de acuerdo con los PP. Discretos conventuales y los PP. Prefectos de Disciplina y Estudios, juzgara quiénes deberan ser eli- minados definitivamente. ; 10. Toda falta grave de inmoralidad y desacato sera castigada con maximo rigor y hasta con la expulsién. ArTicuLo XIII —— Admisién de los alumnos 1. No serdn admitidos en el Colegio los que hayan cursado en otros colegios, a no ser que la peticién de admisién obedezca a causas puramente externas, v. g. el traslado de familia, etc., y nunca los que hayan sido expulsados de otros colegios. 2. No serdn admitidos los que no han cumplido nueve afios, ni los que no sepan leer y escribir, ni los que, debiendo comenzar el Bachillerato 0 el Comercio, hayan cumplido 13 6 14 afios respectivamente. ARTICULO XIV : Calendario escolar 1. VACACION COMPLETA: a) Todos los domingos y fiestas de guardar. 6) La fiesta de Ntra. Sra. del Buen Consejo, de San Francisco de Asis y Sto. Tomas de Aquino. c) Navidades: desde el 22 de diciembre hasta el 8 de enero, ambos inclusive. d) Pascua dé Resurreccién: desde el sdbado de Pasi6n hasta el lunes de Resurreccién, ambos inclusive. e) El Santo del P. Rector. f) Tres dias de Ejercicios y dos dias de campo.

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