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orden publico por hu as e lockauts ilega- les, 0 se dafie a la moralidad o a la salud fi- - sica de los obreros en fabricas y_talleres. (“Rerum Novarum”, “ Quadragesimo Anno”’). " Deberes de fos patronos a) No tener a los obreros por esclavos, antes bien respetar su doble dignidad de hombres y de cristianos ;—b) No perjudicar en lo mas minimo a los ahorros de sus tra- bajadores ni con violencias, ni con fraudes, ni con usuras manifiestas o paliadas ;—c) No exponerlos a peligro de corrupcién ni a es- candalo ;—d) No apartarlos del cuidado de su familia ni del espiritu de ahorro ;—e) No imponerles- trabajo desproporcionado a sus fuerzas, edad o sexo;—f) Darles tiempo y libertad para cumplir. sus deberes _religio- sos ;—-g) Pagarles el salariv justo y equita- tivo, teniendo como norma general ésta de Pio XI: “Hay que dar al obrero un salario que. sea suficierte para su pee sustentacién y la de su familia” ;—h) No afiliarse a orga nizaciones sindicales opuestas a su Fe 0 Mo- ral cristiana. (“Rerum .Novarum”’, “ Quadra- gesimo. Anno”’. Can, 1524). Ill. Deberes de los obreros a) Poner integra y fieimente el trabajo ‘pactado libre y equitativamente ;—b) No per- 311

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