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rán los amos una gran obra de caridad en bene- ficio de las almas de sus criados, si regalan á ' éstos la Santa Bula. PreG. 7.* Además de tomar ó aceptar la Bula ¿hay otro requisito necesario para poder gozar de sus gracias? Resp. Sí que le hay: y es que sólo aprovecha la Bula al que sea católico y español. Por defec- to de lo primero, no sirve la Bula á los catecú- menos, á los infieles, á los herejes, 4 los cismá- ticos, ni 4 los excomulgados vitandos; pero sí á los tolerados, menos en cuanto á las indulgen- cias. Por no ser súbditos de España, no pueden participar de los privilegios de la Cruzada los extranjeros, nilos que pertenecen á las colonias separadas de la dominación española, á no ser que el Papa haya concedido nuevamente la gra- cia, como lo hizo con Nápoles. No obstante esto, pueden aprovecharse de la Bula los extranjeros h católicos que vengan á España ó á sus posesio- | nes, ora para permanecer en ellas, ora con in- tención de volver á su país. Pero deben tomar la Bula en territorio español; y saliendo de él, tanto si son extranjeros, como españoles, no po- drán en virtud de ella tomar carne, huevosy lacticinios en los días en que se prohiben estos alimentos. Se consideran como dominios ú territorios de España, para los efectos de la Bula, las casas de las Legaciones de su Majestad Católica en las cortes extranjeras y también todos los buques españoles, en cualquier punto del globo donde ll se encuentren. Pre6. 8.* ¿Por cuánto tiempo vale la Bula, una vez tomada? A

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