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Una observación más será justo añadir, para cortar el paso a probables, torcidas interpretacio- nes. Nadie ignora que, abierta por la Indulgencia de la Porciúncula la puerta áurea de las llamadas toties quoties, a semejanza de ella, en análogas con- diciones (mías no iguales siempre) han ido. otor- gándose ¡por la benignidad de los Sumos Pontífices indulgencias lucrables igualmente tantas veces en el día cuantas se repita la visita. En preselncia de las instrucciones expedidas por la Sagrada Penitenciaría en la fecha registrada (10 de julio de 1924), modifi- cativas de las condiciones entonces vigentes, han dado algunos en sospechar y otros temerariamente en afirmar, que la trascendencia de sus palabras es tal, que las disposiciones del docnmento menciona- do alcanzan a todas las induleencias toties quoties, las cuales, como efecto de la relación de dependen- cia entre la primera y las restantes que presumen ellos descubrir, no pueden ganarse tampoco sin el rezo de los seis Padrenuestros. Urge salir al encuen- tro de estos rumores, y negar resueltamente su con- sistencia y veracidad. Las aludidas indulgencias por ninguna ley ni en ningún sentido se hallan shbordi- nadas a la primera, es decir, a la de la Porciúncula; cada una tiene taxativanfente asienadas las condi- ciones peculiares con las cuales, y no con otras, han de lucrarse; son igualmente principales, y en modo alguno está la suerte de ninguna de ellas vincnlada en los altibajos que puedan afectar a la de la Porciúncula. 'Mientras no levante su voz la Iglesia (que puede hacerlo y lo hará en el momento que estime oportuno), y en forma expresa y clara no altere los requisitos con que hasta el día de hoy hemos tranquilamente adquirido esas indulgen-

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