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1 futuras vicisitudes de la indulgencia d la Por- ciúncula, síguese que entre ésta y aquéllas no has nexo, ni menos dependencia de ninguna laya. m1 alguien, movido por un criterio de los que no se usan, porfiase en la demanda:de probar la reuli- dad de la antedicha subordinación, a ese tal, nos tomaríamos la licencia de aconsejarle que, en vez de traer a cuento insinuaciones y divagaciones in coherentes y valdías; arrumbando alegaciones que, sobre ser inútiles, demostrarían, bien exprimidas y lealmente presentadas, lo contrario de lo que con ellas se pretende sostener, citase la fecha «del pontificio instrumento en que la soldadura quedó hecha; pero adviértese que, sin embargo de tra- tarse del medio único de ofrecer probanza en su favor, nadie la exhibe; lo que nos autoriza para resolver y. decididamente asegurar que un tal do cumento no ha sido publicado ni existe. Luego las repetidas indulgencias son perfectamente autóno- mas, y los cambios verificados 'en una, siquiera sea ella la de la Porciúncula, no llevan - tras sí ninguna suerte de mudanza en las demás (1). Como queramos ahora estudiar con la atención y esmero que la materia reclama, los indultos por los que ciertas iglesias e institutos religiosos han cia extraordinaria de la in- sido dotados de la gras dulgencia toties quoties, observaremos algo que en nuestro caso es muy para tenido en cuenta; nota- remos que tres cosas llaman fuertemente nuestra atención: 1.%. en cada rescripto se hace lista ex- presa, clara y completa de las obras que deberán 1) Entiéndase esto, siempre que la naturaleza de la gracia o la forma de su otorgamiento no envuelvan algún género o grado de sujeción de las unas para con las otras. Más adelante probaremos que nada de lo indicado ocurre en el caso nuestro. AAA Na AA

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