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—, 31 — la tesis amplia y favorable: por donde podemos darnos a entender que, siquiera no nos suminis- trase el Código las reglas de que queda hecho mé- rito; aun cuando careciésemos de todos los ele- mentos de interpretación que hemos acumulado; puestos cuanto se quiera dentro de la ideada hi- pótesis, con todo, en las actuales reales circuns- tancias, el resultado a que arribaríamos sería exac- tamente el mismo que se expone en el párrafo an- Lerior. Todo lo dicho nos permite finalizar nuestro ni- núsculo trabajo, afirmando: sea cual fuere el punto de mira que para estudiar la cuestión escojamos, siempre queda consagrada como prácticamente ver- dadera la doctrina que al principio de este artículo aparece enunciada, conviene a saber: para gánar una indulgencia plenaria, no estando determina- das las preces que se han de rezar, pero debiendo orarse algún tiempo por las intenciones del Sumo Pontífice, basta con un Pater y Ave, o con un salmo, o con las Letanías, o con otra oración cual- quiera a voluntad de cada fiel. Kn números sucesivos. a medida que el humor nos brinde con sus favores, intentaremos desenvol- ver otros extremos, el primero de los cuales será. Dios mediante, que las indulgencias toties quoties no han sufrido modificación alguna como conse- cuencia del cambio introducido: recientemente en las condiciones de la Indulgencia de la Porciáncula.

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