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en el presente articulejo. Más aún: no sólo acepta de un modo implícito lo dicho, como parece queda probado en los párrafos precedentes, sino que ex- plícita y expresamente se ha servido decretar la propia Sagrada Congregación, €n ocasiones repe- tidas. el rezo de un Pater, Ave y Gloria, nada más, por las intenciones del Papa, como requisito para vánar una indulgencia plenaria, y también para lograr muchas plenarias e innumerables parcialos. Sirvan de muestra las siguientes concesiones, que son notorias: todos los hijos de San Francisco de Asis. incluso los Hermanos Terciarios, pueden ganar toties quoties las indulgencias de las siete prin- cipales Basílicas de Roma, las de la Porciúncula, las de los Santos Lugares de Jerusalem y de San- tiago de Compostela, rezando cinco veces Pater, Ave y Gloria pro incolumitate rei christianae, y una vez ad mentem Summi Pontificip (Bull. Cap... tomo 10, pág. 339). Los mismos religiosos y tercia- rios ganan Indulgencia plenaria, también toties quoties, con la Corona franciscana, añadiendo al final un Pater, Ace y Gloria pro Summo Pontífice (Summariuny Ind., pág. 106). Todos los fieles im- pedidos física o moralmente para recorrer las es- taciones, pero que posean un erue ifijo bendec ido al efecto, se apropian las indulgencias todas del Vía Crucis, rezando catorce veces Pater, Ave y filoria por las catorce estaciones, cinco veces en honor de las cinco Sagradas Llagas y una vez por las intenciones del Papa ao Apostólico de. 26 de junio de 1773. (Bull. Cap., tomo 9, pág. 79). Igual privilegio y con idénticas condiciones se lo otorgó a la Corona del Vía Crucis. : De donde evidentísimamente se colige que mo Pontífice. autoridad suprema en la niateria, conceptúa bastante oración la nombrada: y si él el Su-

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