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PRENOTACIONES El haber dado a la publicidad un minúsculo fo- lleto explicativo de las condiciones requeridas para ganar la indulgencia de la- Porciúncula, cuando esas condiciones eran todavía 'las.generales y co- rrientes. hace que gravite ahora sobre quien estas líneas traza, cierta obligación de dirigirse nueva- mente a las personas que (se dignaron hojear di- cho ¡pequeño opúsculo, con la mira de hacerles' notar, si por ventura les fuese necesario, que una parte, fundamental, de lo consignado. en el citado escrito, carece de aplicación hoy, ni bastaría su cumplimiento del miodo que allí se enseña, para lucrarse la indulgencia dicha de la Porciúncula. Me refiero a las preces por las intenciones del Papa, las cuales, hasta el 31 de diciembre próximo pasado, se hallaban libradas en la voluntad de los fieles, quienes gozaban de libertad plena para es- coger la oración que mejor viniera con su devoción; mas, en virtud de una reciente disposición de Ro- ma, 10 de julio de 1924, que comenzó a regir en la fecha expresada (31 de diciembre último), supri- mióse la tal libertad, debiendo imprescindiblemente

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