BCCPAM000R00-2-01p01d00000000
El año 1295 el Jubileo de Asís era ya universal- mente conocido. Sixto IV en 1480 lo hizo extensivo a todas las iglesias de la Orden (frailes menores y monjas clarisas). Otros Papas le han dado toda la popularidad de que al presente goza. CONDICIONES Las obras o condiciones requeridas actualmente para ganar la Indulgencia de la Porciúncula y be- neficiosamente aplicarla, son las que denuncian los epígrafes ¡siguientes: confesión, comunión, visita, preces, estado de gracia, contrición, intención y aplicación. CONFESION Las personas que habitualmente, salvo algún leví- timo impedimiento que se lo estorbe, se confiesan dos veces al mes, aunque no comulguen todos los días; gozan del privilegio de poder ganar la indul- gencia sin necesidad de especial confesión (2). Los que en estado de gracia y con recta y pía intención comulgan cinco veces cada semana, dis- frutan de la ventaja de poder ganar la indulgencia 1) No será superfluo hacer notar que la Sda. Penitenciaría, señalando las concesiones cuyas condiciones quedan ahora modifi- cadas, dice que son todas las perpetuas, de cualquiera manera que hayan sido hechas: esto es, todas las concesiones verificadas hasta hoy y quedan vigentes,y las que en adelante se hagan por-la Iglesia. De donde sólo se excluye la que Jesucristo hizo a San Francisco para la Capilla de la Porciúncula. , (2) Can. 931, párrafo 3.0.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz