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SOBRE LA CASTIDAD. Tenentes legem nescierunt me... Propte- rea adhuc judicio contendam vobiscum ait Dominus. ' (Jeremias, cap. 1, vers. 8 y 9.) Las leyes conservadoras de la estirpe humana no han podido tener su emanacion y sancion de un entendimiento falible, ni su subsistencia puede pender de una voluntad propensa 4 lo malo, y habil para abrazar lo que la sugiera su imaginacion, sea justo 6 inicuo. j;Ah! Qué seria de la humanidad si su conservacion fuese obra del calculo hu- mano, del espiritu del hombre, inclinado por su natura- leza corrompida 4 imprimir sus halitos disolventes en to- das las obras que tiene entre manos, por firmes y sélidas que sean? La naturaleza misma de estas leyes no es com~ patible en su origen y permanencia con la volubilidad in- trinseca 6 inherente al hombre; han de ser estas leyes eternas, no tanto por su duracion, cuanto por su princi- pio; han de ser universales, de modo que, obligando 4 todos, ninguno las quebrante sin cometer un crimen; han ~ de estar al aleance de todos, no por via de comunicacion miitua de los obligados, sino por oirlas cada cual de los labios del mismo legislador, ante cuyo tribunal nadie ' pueda alegar ignorancia cuando se le pida cuenta de sus acciones; han de ser tambien inmutables, como fundadas
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