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4 cada uno su. derecho, y 4 todos lo que es debido; & quien tributo, tributo: 4 quien alcabala, alcabala: (1) sujetan- dose 4 ellos, no solo por temor, sino por obligacion de conciencia, porque son ministros de Dios, y no en vano llevan cefiida la espada, pues deben ejercer la justicia Y castigar al que obra mal. Volverase tambien el concilio & los reyes y potenta- dos, y les dira, que solo por Dios reinan los reyes y los legisladores forman leyes: (2) que el rey, que se sienta en, solio de juicio, disipa todo mal con sus mipadas: (3) que de lo que son ellos en sus costumbres y principios, ' depende lo que son sus pueblos, porque segun es el juez del pueblo, ast son sus ministros: y cuales el gobernador de una ciudad, tales son sus moradores. (4) Aad, les dird, amad la justicia los que juzgais la tierra. Sentid bien del Sefior, y buscadlo con sencillez de corazon; (5) mirad que el juez sabio juzgara a su pueblo, y que el principado del hombre sensato sera estable: (6) pero suce- de lo contrario 4 los potentados inicuos, pues el princt- pe que oye con gusto palabras de mentira, tendra todos sus ministros imptos: (7) y jAy de vosotros! iy de los que sancionan leyes imptas. (8). Asi promulgaran los Padres as concilio a leyes eternas, que Dios se digné revelar para el buen gobier- no de los hombres, publicando los dereehos del que tiene el cargo de mandar, y los. deberes de los que por obligacion de conciencia estan sujetos 4 la potestad. a (1) Rom. 13. v. 7. (2) Prov. cap. 8.’v. 15. (3) Ibid. cap. 20. v. 8. (4) Eccli. cap. 10 v. 2. (5) Sap. cap. 1. v. 1. (6) Eccli. cap. 10 v. 1. (7) Prov. cap. 29. v. 12. (8) Isai. cap. 10. v. 1.
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