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- 314 - Preliminares para el Capitulo de 14 de Enero de 1825 En los tres años que duro el gobierno constitucional a saber desde el Marzo de 1820 hasta el Abril de 1823 mu­ rieron varios individuos que havían de ser vocales de este Capitulo y otros se secularizaron: lo que hizo preciso un convenio entre N limo. P. Vicario General fr Justo de Nadrid y N. R. P. fr. Antonino de Toro a fin de elejir los vocales que supliesen el déficit que habia resuliado. Hizie- ron las elecciones con arreglo a la Bula de la Tripartita y disposición del Capitulo de esta Provincia de Castilla de 1815 y para mayor seguridad de conciencia solicitaron y consiguieron la aprobación del S.1' Nuncio Appco en 29 de Octubre de 18.4. Los vocales elecctos para suplir esto déficit fueron en la I aRama de la Citatoria de Madrid ol R. P. fr. Adrián de Fuentes de Nava Ex Lector, Custodio: on la Rama 2.a el R. P. fr. Santiago de Peñaranda Guardian de la Calzada; El R. P. fr. Luis de Medina, de Esquivias; y el R. I*, fr. Juan de Oñate. de Xadraque. En la Rama 1.®de la custodia de To­ ledo el R. P. Fr. Marcos de Villanueva, Guardian de Ta­ rancon en la Rama 2.a el R. P. fr. Pedro de Lozoya, Guar­ dian de Valladolid; El II. I’. Fr. Eustaquio de Vitoria, de Bilbao, El R P. Fr. Mariano de Texerinas. de Rueda. En la 1.a Rama de la Custodia do Valladolid el R. P. Fr. Félix de Villaumbrales Ex Lector. Custodio; el R. P. Fr. Maria­ no deNaraval, Guardian de la Paciencia, El R. P. fr. Bue­ naventura de Cañaveral, de Alcala. En la Rama 2 .a El R. P. fr. Agustín de Xadraque, Guardian de Villarrubia; El R. P. Fr. Gaspar de Bilbao, do Cantalapiedra; el R. P fr. fermin de Alcaraz de Cubas. Algunos de los electos renunciaron su prelacia; pero á ninguno le fue admitida la renuncia y todos fueron á sus respectiuos destinos á tomar posesion para estar habilita dos á fin de entrar en el Capitulo. No huvo mas variación que la mutua transmutación de los Guardianes de la Calza­ da y Cantalapiedra. Juntos los PP. vocales en Capitulo en la época arriba dicha procedieron á las elecciones que se verificaron se­ gún á continuación se expresan. Pero antes de procederse á la de los RR. PP. Custodios, Guardianes y Vicarios; N. Rm.°P. Vicario General y N. M. R. P. Provincial nueva

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