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E be. $ ze , : SEA LT ze Ñ ió e 7 164 gs Cartas FAMILIARES hemos dicho , tiene el dominio, mas nunca£l parti-" cular , que ni ha tenido, nitiene, ni puede tenerle en cosa alguna. Todo lo explica muy há el SAN Pontifce, Inocencio III. por el siguiente decreto que hace ley en el derecho canónico, »"Prohibimos estrechamente en virtud de santa obediencia,y. baxo la.conminacion. del divino juicios el que qualquier Monge pueda poseer. propio de modo: alguno, sino que. todo, quantó tenga:lo resigneiamediatamente. Si despues de esto fuese hallado alguno con propiedad, sea aspera- mente reprebendido sea, arrojado.del Monasterio, y no Vuelva á4:ser recibido sino despues de.haber,he= sho penitencia, segua la disciplina, monástica. Y si en la muerte se hallase alguno con propiedad carez- ca de eclesiástica sepultura ; y la, cosa ,cuya,propies dad tenia:el Monge, sea enterrada con. él en un mu- ladar, así como San Gregorio cuenta en.sus Diálo> gos haberlo hecho. (.Aqui.en estas -palabras queda xesuelta la. segunda dificultad de que hablaremos des> pues). Por tanto, continúa el Sumo Pontifice , sióal- guno sele traxese-alguna,cosa y nojla reciba para sí, sino entreguesela al Superior», Bero.no, piense este que puede disponer con algun Monge sobre tener “propiedad, nada ménos: sepa que la abdicacion. de YH de
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