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“Notas + es ciali juffu, Urb. VIII, mándat., 0 ecipit bujafmodi declaraHo E E ——mibas, tamimprefsis, O impri ms sa. pañauurana/criptis, nallam A ON fidem efe in juditio , vel ext-a, d quoque 71 adbibendam, fed tan, E AAA Sum ¿llis, que in autbentiz forma, O folis" figillo, O fabferipa - — »tione Eminentiff. D. Card. Prafecti, O Sicretarij ejufdem Cona gregationis pro tempore exiffentidm manite fuerint. Die 9. Aprs 1621, prout. in Regifiro bujus Congrez. fol. 124. Lo miímo dify | ¿pone la Sagrada Congregación de Ritos acerca de fus Decretos ? fegun nucítro Potelta : luego á quien no le conftáre de la expedi. E «cion de dichos Decretos en la forma dicha,no tendrá obligacion E Re 2 Lu oblervancia. ¡ .. a EN . Ei 7. Refpondo , que dicho Decreto fe ha de entender refpec | ' e to de los que primero publican , y facan a luz los Decretos de dichas Sagradas Congregaciones, que no lo pueden hacer fir E -conftarles fer authenticos en la forma que dice efle: no refpes , to de los demás , que no pueden tener originales los Decreto - | - pues de otra manera fiempre , O cali fiempre eftarian todos di a. | lobligados áfuoblervancia : baltará pues para tenerflen por al. | ; thenticos , y configuientemente inducir obligacion en fu obler: vancia , que los Autores los propongan como authenticos, y P que no aya razon grave.en contrario 3. pues eflees.el modo : LN Megar eftas leyes Ecleñalticas á la Comun noticia. A e Mí 3, Notafe lo 2. que los masde los Decretos aqui pueftos,n falicron de las Sagrad. Congreg. con las mifmas palabras , quí aqui fe proponen; pero ponele la fhbftancia del Decreto, poj , _baltar efto al intento ; omitiendo lo demás. 4 a 9. Notafe lo 3. que otros muchos mas Decretos fobri Ts remonias Sogradas e hallan en los Authores; pero he pi >> a Lolo eltos , por pertenecer efpecialmente á los Regulares 2% cuyo util firve efpecialmente efte corto. trabaxo; para ques MP Ko .*dos eftos Decretos , poco á poco fe uniformen todos en losTÍ E . «tos Sagrados , que fingularmente adornan. la Jeleña Santa :t. Y | que fi con elpecial cuydado execurallen los Regulares, fe por Ñ ' efperar que otros muchos figuieñen lu exemplo*, como digs ; a A. «Lacroix. E Y ' TO, Notale lo 4. que aunqué antes de falir dichos Decreros; * avia variedad en los Autores fobre lo que le devia hacer eneÑa, | 5 M otra materia, y algunos obraban fegun la fentencia de T Aus »

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