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* e > - > 118 Domingo de la Septuagefima, y ambas fús manos eftán llenas de maldades: Ln quorum manibus iniquita- tes funt,dextera corum repleta efi muneribus. San Juan Chtyfoltomo dize, que los que hurtan, y los que no pagan, fon peores que fieras, y mas malos que los demonios : Ton, dize, peores que fie= ras, porque eltas con ferlo de lu naturaleza, no-toman mas que lo que ne- telsitan para comet, y con elto fe ván, y quedan fatisfechas; pero eltotros mas crueles que ellas, fiendo de fu naturaleza manfos, le hazen fieras, roban a fus hermanos, y nunca le hartan, porque de un hurto quedan con hambre para otro. Son peores tambien que los demonios: porque eltos (dize el San- to) no hazen daño, (ino a los q confienten con ellos en fus tentaciones; pero títorros a todos llevan por un rafero, y tanto daño hazen alos buenos, co- mo á los malos ; y efte agravio lo hazen alos de (u miíma naturaleza, que fon fus hermanos, y los deníonios no hazén mal a los otros demonios. En el Exodo mandava Dios,-que (1 alguno hurtafle una oveja, refticuyel> le quatro. Y S. Teodoreto dize, que mando efto Dios, para que entenda- mos la gravedad de la culpa de hurtar. Por-otros pecados mandava Dios ofrecer un cordero; pero por el harto, amás del facrificio , mandava que le reltituyelle el quarto tanto: y 4 ella relticucion fe ofreció Zaqueo. Y la Exod, milma mando hazer David, quando Natan le dixo , que un hombre rico c.22. ¿via hurtado una oveja 4 «mn pobre, y lleno de zelo de julticia dizo: Vive el Señor, que efte tal es un homicida,y que ha de pagar la oveja con el quarto tanto, y ferá paflado a cuchillo, para efcarmiento de otros, Elta pena dió el mas juíto Rey del mundo, por el robo de una oveja ; pues que fentencia dará Dios, y con que penas caltigára a los robadores,y retenedores de co- las Pos: Dre AS los campos, y deftruyen las haziendas de fus Ae y dexan que fus ganados coman fus fembrados , O no los guar- an? | tds ; Y porque muchos hazen agravios de diverlos modos 4 fus proximos , y otros les deven,y pudiendo pagar luego, dilatan la paga,digo,que en llegan: do la deuda, el hurto, O agravio'injulto, comunmente hablando,á valor de quatro reales, es pecado mortal el no reftitvir, y pagar (in dilacion violenta la tal cantidad. Y el queño lo haze, fin remedio fe condenará, por mas que fe conficííe: Porque coino dixo S.Aguítin: No perdona Dios el pecado, fín reflituiv lo que fe deve, y lo mal llevado;y en cita culpa,y pena enrrá todos los figuientes,que quebrantan el feprimo Mandamiento en materia grave. -Lo primero, los que hazen algun agravio'en Compras, y ventas, y otros contratos, como quando el que vende, alaba lo que vende, y no defcubre el defeéto grave que tiene 5 y el que compra, fe vale de la necefsidad del otro, para no pagar la cofa lo que jultamente vale, Tambien los que hazen víuras , preltando dinero , conpaéto de pagarlo un tanto mas: y los que -—hazco daño áotros, aunqueen ellono ganen nada, como quando que- «man, 9 deltruyen alguna cala, O hazienda. Tambien tienen la mifma cul. Pa . É

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