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a > y " s $ 7 A e E” si 2 ». dE eS Pr Dn th Fe y 5 D pr run E a A ; i .- ar E úl ra Pe g y y . Pa, 3 ha e . pl ys PAPA >. dd ” 57 DR -— : : ] o je ¿ 7 nl : > f ”y "- Epa A ] ' I F EP p : e i e fx» le , » se 4 le f e ¿AA e OR mM S . á E de bp... a Ms je . a " a Dd ” “4 »: o e , : ' á A, ' se ' + : * ¿2 , mu. Mu días ha (amado Leétor mio) que no pule ácus ojos los bor=- rones de mis clcritos,y tenia propolito de nocaníarme,ni canlarte mas con ellos;pero comoDioses nueltro ducñoydebemos negarnos 4 nueí= tra voluntad , y hazer la fuya, Y aviendome perluadido + , y dado4 entender otros,que feria la voluntad divina, que efcrivielle vnas Plaricas, d Lecciones lobredas Dominicas de todo el año , para que con ellas los Pas dres,y Paítores de las almas die/fen el pafto que deben a lus ovejas;por efta caula me rendi á lu gulto , aunque con harta repugnancia de) m », por mi Y los corta fuficiencia,pocas fuergas, muchos achaques, y otras diverías az que á los mayores (ujetos en acobardar para llegar a imprimir, Y A mas me 1n/ítaron, y obligaron a elto,fueron los milmosParrocos,delcas os de cumplir la obligacion que tienen de dar doétrina á todas las almas de fus feligreles ; 4 lo qual cltan-muy obligados por todo derecho Natural, Divino,y Ecleñaltico.Del Divino confta en elEvangelio,pues en el á todos les dize Chrilto en perlona de San Pedro:Dad pafto a mis ovejes:Pajce 0ves losmc.21. meas. Aeltomilmo eltán obligados por Derecho Eclefiaftico , y afsi fe les manda el Sagrado Concilio «de Trento eon palabras de precepro:y fiendo, como cs,en mareria grave, les obliga debaxo de pe sd A efto propio -eftan obligados porDerecho Natural; porque ls contra elte peca gravemens re el Paltor affalareado,que no da todo el palto que ha menelter el ganado que eftiá (n cargo, para eftár bueno , y gordo, mayor pecado comererán contrael Derecho Natural os Paítores de las. almas , er mo enfeñarles, no (olamente la doétrina preciía , que necelsitan para cltarbuenas, y. tab £1:10 tambien la que les import; para engro(: ren el elpirica, y ler muy bue» nas, porque cftan á (u cargo, y fon fusPaltores allalar cados, y por cllo les pa gan los dlezmos; y por cumplir con efte grave oficio , (e les dá la renta del Beneficio. IS | AX Y aísi como para el precepto Divino de confe(lar,y comulgar, feñalo la ¡Santa Igie ña por tiempo que obliga el de reina Pafqua,y el en que ay peligro de muerte:á elte modo determinó la miíma Santa Igleba por el Sagrado Concilio de Trento , en el capitulo fegundo de la Seísion quinta, que paa cumplir con elte precepro,han de dar losParrocos doétrina,y pal y Conc.Trid. to 4 lus ovejas, por lo menos todos los Domingos, y Fieltas : Diebus Jaltem E fef.s.c a. Deminicis,C” Feftis folemnibus. Y porquealgunos de eftos dexan de predi- S carles, por no ler fuficientes , d no arreverte á ello , para que todos puedin cumplir con tan grave obligacion, efcrivi eltos dos libros ; porque aun con lolo icerles en los dichos dias def; pues del Evangelio vna Leccion de ciento y quatro,que ván en ellos,camplirán con faobligacicn. Menque ay Cate- ciímos de la doétrima muy buenos para efte fin , los feligrefes que ya laben > - AA A E 1 . P >
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