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| qe Un faltar grave , y facrilegamente, al que perlevera en el ! ppropolto de faltar gravemente contra vna ley ¿0 precep- 7 ¡to que le obliga en materia grave;el Religiofoen dicho can 1 ¡fotiene impuelto vn precepto, que le obliga gravemeñte; "y luego mientras perfevere en el propolito de no obedecer. le,no podrá el Confeflor ablolverle ; la mayor es de Fé, y 'l la difine el Concilio Tridentino; la menor queda probada, Uff la confequencia es legitima. "e 35 Y ranlegitima,como formidable para muchos Con- ' 1 fellores,que arraftrados de humanas dependencias, no per» 3 / fuaden á us penitentes el cumplimiento de la- obligacion, US, y por notener valor, ni zelo para apremiarlos, eftrechar: bh DE y a á los, y obligarlos al yugo de la obediencia;del Tribunal de Ef la penitécia,4 devian falir los penitentesR.eligiofos,inftrul- PA dos,defengañados,arrepéridos de la inobediécia antecedé. te, falen masrebeldes,mas obltinados cótra ella, y contra el A Ms Prelado que fe la impone;eftén aflegurados , que les pidirá Ef Dios N.S.en luintolerable juizio eftrechifsima cuenta de E 1 las almas,que por omilion fuy, y falta de zelo fe huvieren Il perdido, y de ladifciplina regular, q por cauía fuya fe hu- viere relaxado;pues muchas vezes los Rrelados,por vér los í fubditos patrocinadosde losq les avían de defengañar,pot evitar mayores males,callan , y difimulan ; pero llegará el dia en que Dios,y Nueltro Serafico Padre, romperán con formidable voz por ellos el filencio,y lesdirán : Sanguinem corum de manibas weftrisrequiramsefías almas, que por vue L 2) aro filencio,Ó con fa(as,engañofas, y relaxativas doctrinas “de, perditeis, ella langre de mi Paísion que facrilegament vertilleis,cuya adminiftracion le os cometió en el Sagrado . craldr TEA E AA
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