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60 RAR ERA O BEBA O AQUE Ron 10 8020 20 a eo DE LA THEOLOGIA MORAL, ' REDUCIDA A VARIAS CONFERENCIAS, PARTE PRIMERA. TRATADO PRIMERO, EL _DE CONCIENCIA. PRENOTACION PREVIA. PAS NAO. Qué apiniones eflén condenadas por la Iglefia acerca del tratado de Conciencia: tire yy notaré las opiniones relaxarivas, de las conciencias , que ha condenado la Santa Sede , : 4 P e A Ntes de entrar en el Tratado primero de la Conciencia, y lo miímo haré en los demás , Ad vera Apoftolica; y le contienen en los Decretos, modernos de los Pontifices Alexandro VII. Ino- cencio X1. y Alexandro VIII. para que los que leyeren efta Obra, fepanto que pueden licitamente feguir,y lo que de necelsidad- deben huir, para latisfacer á lo que nos manda Dios por lu Profeta,quando nos dize:, Declina á malo,> fac bouwm. Palm. 3 3.D.1 4. 2 Todas las Propoficiones condenadas por la. Igleíia,pueden generalmente pertenecer á elte tra- tado, porque todas lon para dirigir la conciencia . con leguridad; la qual peligra de neceísidad, Ñi- griendo alguna de las tales Propoficiones conde- nadas. Mas en terminos proprios de elta materia ha condenado Alexandro VII. dos opiniones , que fon la 26. y 27. de fu Decreto. Inocencio XI. ha condenado quatro ,que lonla 1: 2,3. y 4. de lu Decreto, y Alexandro VIIL ha condenado tres, que ' fonla 3. 30.y 31. de fu Decreto; y todas lon co. mo le figuen. dao 3. Propolicion 26. Condenada por Alexandro VII. Quando los que litigan tienen por fu parte opi miones ¿gualmente: probables, puede el Juez, recibir di. nero por dár fentencia mos en fanor del ymo que del etro. 1 y ¡ 1 Propoficion 27. Condenada por Alexandro VI. Si el libro es de aleún Autor moderno, debe Ju opi- mion tenerfe por probable; miswtras mo confle eflar re. probada como improbable por la Sede Apoftolica. 4 "ropolición 1. Condenada por Inocencio XI No es ilicito en la adminiflracion de los Sacramena Los ftguir opinion probable acerca de. fu valor , dexando. la tonal S egura , fimo es que efto lo probiba ley ,patto, 6 pe- eras 1 E grato daño. Y por effono fe ba de fe. Ent? opimion folamente probab] sj % a $ifmo,Orden Sacerdotal 5 Evir | P A > org 2. Condenada por Inocencio XI. robable juz_ o que puede el Fuez ju ni - nion,aungue menos probable, < JAR Lar fegun opi- Propoficion 3. Condenada por Inocencio XI. Generalmente quando hazgmos alguna 5o/a , fundados £n general diéta , y. gr, el bica (e ha de leguir, y en probabilidad,i intrinfeca,ó extrinfica,aungue fea tes . ue,como no Salga de los terminos de probabilidad fem pre obramos prudentemente, ' - «Propolicion 4» Condenada por fhocenció XI, El infiel, que llenado de opimion menos probable no cree, tio comete pecado de infidelidad, 5 Propoficion 3. Condenada por Alexandro VU Noeslicito feguir la opinson , 9 (cflo es) aunque Jrs probobilifsima entre las probables, Propolicion 30.Condenada por Alexandro VIIL, Donde alguno ballare doctrina fundada en Aeu/hino, pue de abfolutamente tenerla, Jenfeñarla , no atendiendo e Bula alguna del Pontífice. Todas eftas Propoficiones tengo yá explicadas, Las de Inocencio-X1. en la 1.part. de la Pradd. tradt, 10, per totum. Las de Alexandro VIL. eh /a.2. part. de la Pratt. traítrx7. Lasde Alexandro VIIL en/a 2. part.de ejftas Conferencias,trast.S. alli le podrán vés . €n lus propios lugares, * CONFERENCIA 1 De la Conciencia reóta, y erronesz Ñ dl Notandos de la conciencia, y fus e/pecies, AS ( Moncloa » Efh ¡udicióm rationis prat, cum diétans , quid faciendum fit tana guam bonwm , del bonefium 5 vel quid omitrendam Fanguam turpe , inhonejtum. Diltinguefe acl (yné dercás , porque elte es á manera de habito , Que el dl h Ha , ¿edo pon 4] o Ñ 13
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