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Cap. IV. De la diuifions enfeña la comun de los DD.y fe puede ver en Dia» na part.1.tr.7. refol.1. Atqui, la diviñion effencial diveríifica en elpecie los pecados ¿como le ha di- cho: y la accidental , no; fino alo fumo agrava (u malicia: luego en orden á la confeísion , importa, y es neceflario laber las divifiones effenciales, y las accidenrales, 7 Advicrtale,que en algunas divifiones acci. dentales, aunque no aya diverlidad efpecifica ; pero en orden á la confelsionsimporta , y es precilo la- berlas : como el pecado venial, y mortal , que no liempre le diftinguen en elpecie, como dixo Santo Tomás 1.2.4.72.4rt.5. in corpores Differentia Ve mialis, Co mortalis peccati non poteft efJe differentia conflitueas dinerfitatem fpecies. Y no obltante es precilo taber la diftincion , 9 divifion del pecado venial,0 morral,aunque la tal divilion lea acciden- tal. Porque como difme el Concilio Tridentino en la miíma lelsion , es nezelfario confellar los peca. dos mortales, y los veniales no : Luego es precilo liber la diftincion del pecado venial,ó mortal,aun- que proceda de divilion accidental : v. g. el hutto die feis reales accidentalmente le diftingue del hur- to de medio real : y no obltante no ay obligacion de confellar el hutro de medio real,y el de feisrea- les fi. La maldicion accidentalmente fe divide en maccrial, y formal: y lafoxmal, por fer pecado mor- cal,es precio confellarla; la material no,porque es íolo venial. La derraction accidentalmente le divi. de en detraccion de falta leve, grave, de ¿ola pu- blica,9 oculta; y no obltante la de cofa publica , 6 le v«,no ay obligacion de confellarla , por fer culpa : venial ; pero la de materia grave , y oculta y debe confellarle,porque es mottal. | CAPITULO Y. Del modo de faber con la dinifion , € inferir de ella las cofas morales. $ Ocoimpottarla que. vn Medico fupicfle » la effencia, y naturaleza de lo calido , y frio , y que con eftas qualidades fe curavan las opucttas, fiigneralle las diferencias,y elpecies que ay de varios accidentes,y remedios cálidos, y frios, para hazer mas praético , e individual juizio del modo de curar, 9 Queda yá explicado arriba,como la difini.. cion explica la naturaleza de las coías , y con ellas le convencen los cafos contrarios a ella. Para que! el Medico elpiritual pueda con todo acierto apli- car remedio oportuno á los yarios accidentes de- diverfas materias, ferá precilo lepa la diverfidad de males de culpa,para hazer juizio cabal del mo- do de la curacion : lo qlíal (e haze con la divilion que declara la diverfidad de las culpas, que en ca- da materia pueden ocurrit ,como e verá en los (im miles praóticos que le figuen. TA e so Dexdnos enfeñiado la difinicion , qué cola es cícandalo , y qué cotas dexen de ferlo. Pero ño nos dixo quántas mancias de clcangalo avia; y 19 19 diviñion nos lá Aeclatá, diziendó, qué ay vn elcaria dalo activo, y otro palsivo: vno ditedtó , y otro in. direéto: vno puíiloruan, y otro phárilayco. La difi. nicion biendeclara , y prueba, fielta, dla otra aca cion es elcandalo ; pero no qué elcandalo (ea :lo qual es precilo faber; lo vno, para hazer juizio de qual efcandalo es pecado , y qual no. Y la divifon nos dize,que el eCandall paísivo, que es la miíma ruina,ó pecado del proximo , no €s culpa en quien dió la ocafion,fino en quanto nace del adtivo : clte es,en quanto el que dió la ocafion conoció que de lu operacion podia nacer la ruina de lu proximos La divifion nos declara,¿ el efcandalo direéto (que es aquel en que le intenta la ruina del proximo) ía opone dircéta,y formalmente á la virtud de la cas ridad;y que el efcandalo indireAto,en queno fe in» tenra formalmente la ruina del proximo, (ne otros fines: v. g.en el hurto, (aciar la todicía ; en la torpe» za,dár complemento á la fenfualidad , no le opone formalmente 4 la caridad , fino que [e reduce A aquella elpecie de pecado, que [e induce al proxi- mo; (1 4 hurtar, (e pecacontea jufticia; 14 adulte- rar, contra jufticia, y caftidad. La divilion del el- candalo en pharilayeo, y puñilorum, nos da luzes para conocer que en el elcandalo pharilayco (que es quando el proximo , por fola tu malicia ,tomá motivo de pecar dela obra buena , d indiferente) no ay obligacion de deliftir de las talestobras ; pero sien el elcandalo pulilorum,que es quando el pro- ximo fe elcandaliza, no por malicia, lino por igno. rancia,0 por fragilidad,ó flaqueza, 11 Enelvoto,la difinicion nos explica folo fu elfencia; pero la divilion hos dize, que el voto le divide en real, períonal , y mixto ; en abíoluto , y condicionado; en fimple,y lolemne: y con edo nos da luz para laber qual [ca voro relervado ,'y qual ño; que el condicionado ño lo es, el abloluto a ve- zes si; que el limple,fi es de caftidad , o Keliglon, impide , aunque ho dirime el matrimonio ; que el folemne lo dirime; que el vora real, hafta tal tiena= po lo puede irritar el padre ; y el períonal no, ino hafta tal edad, d tiempo. "La difivició explicanos, que cofa fea pecado;pes ro la diviñion nos dize,que ay vnos pecados interió» res,otros de boca, y otros de obra; ynos mortales,y otros veniales; vnos de omiísion, y otros de comi(- fon; vnos.que madan de elpecio ; orros , que lolo agravan la malicia dentro de la milma efpecie. + 12 Declaranos la difinicion, qué cola lea im= pedimento dirimente del matrimonio , y nO palla de al; pero entra la divilion,y nos dize ; Los impe- dimentos dirimentes fon, el ertor,condicion, votos €cc. Explica la difinicion,qué cofa fea cenfura ; y la divifion dize: La cenflura [e divide en excomus hion, fufpenfion, y entredicho. 13 Sabemos por la difinicion,qué cofa fea con- trato; y por la divifion, la diverlidad de contratos, que lon,promella, donación, mutuo , commodato, precario, locacion, cenlo,y cambio : y con chas dia verlas eJfpeciesnos di luz para labos , en qué COn- Llar

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