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Conf11.Del Minifiro para losrajos réfernados. br 636 Refpondolo fegundo ; que tengo por probable , que Cayo no incurrió en la'relerva= cion , aviendo cometido elle pecado en el lugar eflento ¿ “Afsi lo enleña por probable con-Pelliza- rio,y otros,Diana pare. 10, traft.14.refol.7. Y con Vidal, y otros, lo tiene Fray Antonio del Efpirima Santo loc, cit, num. 923. La razon es: porque la ley no fe eftiende fuera del territorio del Legil- lador : Sed fic ef? ,que el Conyento ellento de la juriídicion del Obifpo, no es territorio fuyo : lae- go alli no liga la ley de la relervacion : luego aviendo cometido en ele lugar Cayo el pecado, no ferá relervado, OBFECION, CONTRA ela fegunda refpuefta. 637 Aunque el lugar ,en que Cayo come- ció el pecado, lea eflento' de la jurifdicion' del Obilpo , no lo es la perfona de Cayo: Sed fic ef, que balta que la perfona fea fubdita. del (Obifpo, para que incurra en la relervacion , aunque co- meta el pecado en lugar eflento : luego. el peca- do,que Cayo comerid en aquel Convento, no de- x0 de fer relervado,por averle cometido en lugar ellento. Relpondo, concedo la mayor,y niego la menor: No balta folo,'que la perfona fea fubdira, fino que estambien necellario,que la culpa laco- meta en territorio del Superior , para que incurra la relervacion ; porque fi la perfona eflenta de la jurifdicion del Obilpo: cometiera algun pecado relervado al Obifpo,en lu rerritorio,no incurriria sen la relervacion 5 porque aunque el lugar era de fu jurifdicion, no la perlona : luego lo mimo te podrá diícurrir , quando la perlona noes ellenta, la el lugar en que fomete el pecado lo fuere, cASoO 1 638 Sempronio, fubdito del Obifpado de Siguenca,hizo vn viage al de O/ma, y en elte co- mcrid vn pecado, que era refervado en el Obifpa- do de Oíma, y no en el de Siguenga. Preguntafe,/i jucurrió en la refervacion de efte' pecado refervado en el Obifpado de Ofima , frendo Sempronio del Obifa ado de Siguenca? Relpondo lo primero;que tengo or probable, que el Confeflor,que en el Obilpa- do de Oíma tiene facultad de abíolver de los cá- Los relervados en cla Dioceíi , puede en ella ab- folver al penitente , que viene de otro Obifpado con pecados relervados a fu Obifpo proprio, que cometid en fu proprio Obifpado. Alsi lo'enteña, con Nayarro,Capua, Vivaldo,Suarez, y otros,Fa- gundez ín 2 precept.Ecclef.lib.S .eap.S .num.18 Y con Cayetano, y Soto, Layman lib. 5. traét.6. cap 10.1. 10.porque aísi lo tiene la coftumbre con el tacito confentimiento de los Superiores. Rel- pondo lo fegundo;que tambien es probable, aun- que llevo lo contrario en mi Pralt. part. 1. tratt, 1 1.$.10. Mota 54. que li Sempronio huviera con metido en Íu Obifpado de, Siguenca algun pecas do alli tcfervado,y elle pecado no fuelle relerva- do en el Obilpadode O/ma,.podia en efte ler ab= fuelto por qualquiera Confeflor aprobado , aun- ¡que ño tuviefle facultad de ablolver de los reler- wvados. Aísi lo enfeña', con Cayerano ,Paludano, «Antonino, Suarez, Enriquez, Reginaldo, Homo- «bono, Villalobos, y Diana, el Cardenal Lugo4¿/. 20.de penis .fel.s.omm.7 1.y 72.Y esla razon mil- ¿ma,porque alsi lo. tiene la soltumbre, con el con- Aentimiento tacito de los Superiores; y porque los Peregrinos en quanto 4 clto fe reputan por me- tadores del territorio;luego no liendo en el reler- vado el pecado, aunque lo [ea en el Obilpado del penitente , y aviendolo cometido en fu territorio, le podrá ablolver qualguiera Confellor aprobado ¿en el orro Obifipado,en que el pecado noes telera cvado,y en que le confiefla el penitente, 639 - Refpondo lo 3.que fi el caío era reler= vado en el Obifpado de Siguenca,y en el de Oíma tambien, no podia ler abívelto Sempronio de elle calo por el Gonfellor inferior, queno tenia facul- rad para ablolver de los calos relervados al Obif- po. Aísilo enfeña Villalobos en la Suma , tom. 1. 41,9. diffie.s gintm, 4: Logo vbi fupra,m.7 1. Y con la comun Fagundez »bi fupr.n. 1 9. Y hablando de las leyes, lo dixe en la 1. part. de mis Confer.tr. 3. Confer.5.$.2.0.8. Refpondolo 4. que (1 Sempro- nio fuera hombre vago ,que no tenia domicilio fixo en parte alguna,no incurria en las relervacio- nes de los pecados,que los Obi/pos relervan. Alst lo enfeña,conVgolino,Balleo verbo Lex 3.mum.7 a $ Verum., 640. Relpondo lo quinto; que tambien juz- -go probable ( aumquelo contrario lo es mas ) que Sempronio podia fer abíuelto en el Obif; pado de Oíma , donde (u pecado era relervado , por qual» quiera Confellor , del pecado cometido en el tal Obifpado de O/ma, queno era relérvado en el . proptio de Siguenga. Alsi lo tiene , con Vega, « Graffis, y Soto, Fagundez tod. cap.8. mum. 21. Lo miímo enfeña Fr. Antonio del Efpiritu Santo vbi Supra dp. 14J08.3 mum.926. Y fe prucba : por= que la relervacion ha de ler refpeéto de los fub- dicos: Sed fic eft, que Sempronio no es fubdito del Obifpo de O/ma: luego no incurre en la relerva» cion de los cafos , que alli fueren relervados, Lo otro , porque el Religiolo , que cometiere emel territorio de algun Obifpo , vn pecado á el reler- vado ,no incurre en la refervacion ¿porque,la períona' del Religiolo no es fubdira del Obilpo, aunque lo fea el lugar en que le comete el peca- do: Sed fe ef, que la perfona de Sempronio no es fubdita del Obifpo de Oíma , fino del de Siguens qa : luego aunque cometa el pecado relervado. al Obifpo de O(ma,en el territorio de efte, no incurrirá en la reler- vación, "08,
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