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Confer.3. De la Jatisfacion Sacramental, REPLICA CONTRA ESTA dltima refpuefta. 479 El propio Confellor , que did la pri+ mera penitencia , puede conmutarla lin bolver 4 oir los pecados del penitente , y lin" formar Tri- bunal,no obítante que en ella conmutacion exor- ce juriídicion,liga,y abluelve : Luego aunque aya de exercer cfta juriídicion otro Confeflor , podrá conmutar Ja penitencia fin oir la confelsion del penitente. Relpondo, concedido el antecedente, con la imitacion que fe dixo arriba en el numer. 47 3 viego la confequencia, Y doy la difparidad: porque el propio Confeflor , quando conmuta la penitencia , lo haze con refpedto , y relaciona la confeísion , que antes oyd , en que yá formo ía Tribunal ; y viendole moralmente con aquella primera,con el orden que á ella haze, y á que fe remite, puede conmutar la penitencia in nueva confelsion; pero el otro Confeflos , como no fué antes Juez de la caula del penitente , ni fobre ella ha exercido jutifdicion , no puede exercerla aora íin formar Tribunal, y or la confeísion,y pecados del peniténte,que viene á pedir conmutación. caso !ll, 480 Terencio tenia penitencia impuelta por íu Confeflor , queayunalle dos dias 5 tenia al guna repugnancia en ayunarlos, y pidió 4 vn ami- go Íuyo,que los ayunalle por el. Preguntafe, Ten rencio fatisfizo d fu obligacion cumpliendo la peniten- cia por medio de eJe amigo 2 Relpondolo 1: que fi Terencio lo hizo ellorcon fu propia autoridad, no larisfizo 4 lu obligacion , cumpliendo la peni- tencia por medio de tercera perlona. Y ello es yá cierto, por eltár condenado lo contrario por Ale xandro VIL. en la Propoficion 1 5. referida arri- ba num.43 61 Relpondo lo 2.que con licencia de Lu Confeflor pedia Terencio cumplir la peniten= cia por medio de tercera perfona. Aísilo enfeña Silveltro verbo Satisfattio , quef.3« Y con Santo Tomás, y otros, Fagundez lib. g.in 3.precept, Ecol. cap. 4 num. 12. Y con Suarez,Reginaldo, Tanne- ro,Mercero, y otros , Diana part.4. trabt.4» refol. 241.$.Mota quarto.Moure p.3.cap-6.$.7. num;,3. Toledo lib. 3.cap. 1 1.num. 1 3. y otros. Pruebale: porque vn hombre puede fatisfacet por otro , y aplicarle la parte (atisfatoria de lus obras ; luego puede el Confellor admitir en larisfacion de lo que el penitente debe , las obras que otro le oftes ce; y confintiendo en ello el Confelfor , y hazien= dofe con lu autoridad , podrá de ele modo fatif- facer a lu obligacion el penitente. Lo qual en efte modo no condena Alexandro VII en efla Pro- policion 1 5. como dixe en la 2. part. de la Prof tratt.17.num.99- 481 Reíponda lo 3. que fi elos ayuños fe dieroná Terencio por penitencia medicinal y y 371 prelerva.iva, de ningun modo podia Camplirlos por tercera períonas Aísilo dize Silveítro ¿vid. Y con Suarez lo notó Caítro Palao »bi fupr, punét, 11, $. 3. memer. 4. in fine. Y le prueba : pórque los pronos , que por medicina fe dieron á Teren» ciosfoñ pata macetar,y mortificat (4 cuerpo, para que no E rebelde , lo lugeto á la razon mi Sed He eft ¿ que efto no lo puede conleguir Terencioy quando otro cumple por ¿l los ayunos : luego Ñ ellos ayunos fe dicran 4 Terencio por penitencia medicinal , y prelecvativa ¿no podrá. cumplirlos por tercera perlona-: y lo milmo fe dize delas demás penitencias prelervariyas, dd OBJECION, CONTRA DAS e Jegunda refpuejta, 482 El cumplir la penitencia es adto peros nal, y propio del penitente : luego no le podra cumplic por otro ,annque fea con. licencia del Conteílor. Se confirma : El que tiene obligacion de rezar el Oficio Divino , en ningun medo (a:ió face , aunque otro reze por él. Y lo contrario eftá condenado por Alexandro VII cn la Propó- + ficion 2.1. que dezia: El que tiene Capéllanja colatón »a,é otro Beneficio Eclefiaftico , fi vaca d los eftudio 5 Jatisface a fu obligacion , fi otro reza por ¿l. Y os la razon ; porque el rezo del Oficio Divino , es car- ga perlonal : tambien lo es el cumplir la pehicena cia:luego de ningun modo le podra latistacer por tercera períona. 4 483. Relporido, concedo el antecedente r s gularmente hablando , y niego la confequenciá: Es verdad , que regularmente hablando , escola períonal el ato de cumplir la penitencia 3 y que quando el Confeílor no declara otra cola,debe el o. cumplirla por si miímo ; pero el Con- cllor es Juez en elta caula, puede dilpenfarzavien- do motivo razonable para'que otro la cumpla por el; y de elte modo no folo fera (atisfatoria ex opere operantis, (mo tambien ex opere operato. A la conficmacion refpondo , que en el Oficio Divino no le cumple rezando por otroz pero fi el Samo Pontifice dicíle facultad 4 vn Ecleñaltico, para que cumplicle rezando por medio de tercero, podia cumplir ¿aunque en lo regular fea aéto pe el del rezo : Luego aunquele”*f1 tam. ien el de cumplir la penitencia , (1 el Confellor, que es el nez , lo difpone por juíta canía , valdrá ello , y eomplirácon ln obligacion el penitente; pero pocas , O ninguna vez yco praéticado eltd, de que el: Confeílor de permilsion al penitente pata que eche fa carga á ombros agenos y con razon, pues pide la equidad,que pague cada vno,la que cada vno ocbe, 0? lia € As
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