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Conf7. Del precepto de la confefsiom cohartado el año: como el rezar el Oficio Divi- ho, y ayunar, lo eltá a tal dia dererminado “luego pallado el año, elfara el hombre obligado 4con. fellarío quanto antes puéda, í no pudo hazerlo én el diícurío del año, $. HI: Cafos praéticos del precepto de la confefsióms caso l Icio no le confelsú en tres años continuos por culpa , y negli- gencia (uya. Preguntafe, fi ena defpues obligado 2 confiffar en vn año quatro vezes: tres ¿para fuplir das confefriones,qué omitió enlos años aritecedentes ; 9 otra, por la obligacion del. precepto de efe año? Rel» panda lo primero configuientemeñte a nueltros principios,y á la doétrina del mam.406 + que Ticio tenia obligacion de confellaríe quatro: vezes EN cie año , y faplir Jas tres confelsiones i que avia, dexado en los tres años precedentes. Aísi lo tiene con Suarez, Nugno, Coninch, Filiucio, y Silvio, Balleo fupranam.16. Y le prueba, porque cumo Ye ha dicho en la concluñion onze el precepto de la confeísion no eftá cohartado al año,ni el mana dar la Igletia,que le haga la confefsion Saltem fa mel in anno, es limitar. la obligacion 4 que fe acas be con el año, fino mandar, que no le difiera por mas tiempo que yn año : Luego el que eri el año no cumple, lo debe cumplir delpues ; Luego Tia cio, que entresaños no cumplio, eftá obligado á cumplir de(pues, y (atisfacer ellas tres confelsio. nes que debia, 498 Refpondo lo legundo , que lo contras rio, dize Balleo ¡¿b2 , no lo juzgan algunos impros bable ; y lo tiene Lugo difp.1 s-Jedt.7. vum.1 80. Y aculandole Ticio de pecados cometidos en los tres años precedentes , y en el prelente , cumple con vna confelsion , en fentir de Blurtado /upra difp.7 diffic.x 2.Caltro Palao fupr.num.1 5. Lean- dro del Sacramento di fupra , 944/44. Diana pare.8 .tratt.7.refol.So. fue. Torrecilla »bi /upra, mor. 54. Lo milmo enfeña con Trullench el Padre Antonio del Efpiritu Santo en lu Dircétorio de Confellores , tom.1 traél.s. difp.4-fett.5. Dumers 249. Y le pueba, porque con vn acto lolo fe pue- den fatisfacer dos preceptos: y.guÉl en Domingo ocecurre la Fiella de San Juan , con vna Milla que le oye , le cumple alas dos obligaciones , y pre- ceptos , qae en efe dia mandan oir Milla , como dixe en la 1 . part.de eftas € onferene. sraét. 3.Confer. l3 num. 14. Luego con vna confeísion fela podra Ticio cumplir los preceptos ¿que en los quatro años tenia de confellarle , ( para cíla contelsion genia culpas graves de todos ellos quarro años, que es la limitacion,que algunos ponen 4 ela doétrina , la qual juzga probable, 407 354 OBFJECION CONTRA ESTA, fegundarefpue/ta, 409 Con vntezó de vn Oficio Divino no le puede eumplir con el del dia de oy, y. de miña= na,qunque fe reze á las quatro, d Íeis de la rarde, en que ya entro el dia Eclefiaítico de mañana ; y -el deric do contrario, eltá condenado por Alexan- «dro VII. en la Propolicion 3 5.que dezia alsi:Con ¡»Oficio puede qualquiera fstisficer d dos preceptos, : por.el dia de oy, y el de mañana. Veale lu expli- tación. en la 2.port.de mi Praél. trat,17. nAMera 216: Luego tampoco le podrá con vna fola cor delsion fatisfacer á los preceptos de dos, d: tres años. Relpondolo primero , que enla opinion de Sylveítro,Filiucio,y: otros,que citd en el nun.406 no tiene eta objecion alguna fuerga, pues dix ren eltos Autores , que la obligacion de la coma felsion fe acaba con elaño ; y que 'no tiene obli. gacion a confellarfe pallado el año, el que den tro de el no lo hizo ; y aísi la confelsion del año liguienteno (e haze por latisfacer dos precepa tos, vno del año paffado,y otro del prelente , pues el del año palfado (e acabó» yá , fino que le haza aquella confelsion para farisfacer el precepto vnix co del año prelente: aísi como el que no rezó oy, no eta obligado ¿rezar mañana dos vezes, (1 no vna; porque el precepto de rezar oy , no pagía al dia de mañana. 410 Relpondo-io fegundo ,cóncedo el aña tecedente, y niego la confequencia;Porque el De4 creto conidenativo de las Propoliciónes , es dein« terpreracion eltrecha ,. y note ha de ampliar 4 la que no dize,ni explica: no dize , mi explica, ni has bla de elta doétrina de eumplic con vha confel- Lion por dos, Ó tres ,;0 quatro años. Ni aun la ras aonidentica de condenar la opinion , que dezia, le podia cumplir con vnreze para dos dias ,con- viene ¿la doétrina del prefente calo : Euego cftar eaío prefente,en que le dize,que Ticio podia cor vna confeísion fatisfacer por quatro años , no queda incluido en el Decreto, en que Alexana dro VIT. condenó la dicha Propolicion 35. que hablava del rezo del Oficio Divino, CASO 1 411. Sempronio ful A eonfeffarle , pará cumplir con el precepto anual de la confelsion;, 2 hizo antes el examen de la conciencia con poca co cuydado , y con tal deícuydo,que lu omif. fion de examen fué mortalmente pecaminola* Preguntafe , fi con effa confefsion , en que precedio tal genero de examen , pudo "Sempronio cumplir. con el precepto de la confefsion anual: Relpondo lo pri- mero, que enmi fentencia no cumplió Sempro. nio con el precepto anual con ella: confelsion; porque en mi [entencia faé nula , culpable , y vo. Juntaciamente ellaconfefsion. El que haze la con. ; Hh ela

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