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rg 356 -— Trátado VI. Del Sacramento de la Penitencia. jenían por ello faltar 4 fu complimiento ul ES Confellores les hazen cargo de ello: Luego, * Ac. ; 401 Ni obíta el dezir,que fi le haze el com to del año Ecleñiatico , puede-vn hombre paf<" le todo vn año natural fin confeflar : Co- go lucederá , lila Palqua efte año viniere el dia 30. de Margo , y tlaño que' viene el dia $. de Abril : el que fe confiella efte año el dia 30. de Margo;que es el dia dePafqua,y el otro año el dia 8. de Abril,paífará mas de vn año fin confellarle: lo qual es contra el cap. Omnis cit. que manda que le haga la confelsion Saltem femel n anno. Re(pondolo 1, que tambien puede fuceder , fe- gn nueltro computo, que efté obligado 4 confef- aríe dos vezes en vn año natural; como Ílucede- rá (i efte año fuere la Pafqua el dia 8. de Abríl, y ellaño que viene el dia 22. de Margo,que en efte calo ,delde 8. de Abril haíta 22. de Margo , no entero año natural , y efta obligado i con: dos vezes , porque dentro de elle tiempo le cerró claño Ecletiaftico , y entraron las dos Pak “quas y lo que en vnos años [e dilata , le re- icompénía con los que otros le ciñe. Refpondo lo Y. que no es inconveniente que palle vn año na- Autal ,* fin que el hómbréfe confiefle , como no palle da año Eclefaftico. 'Y aquellas palabras del cap, Ommnis cit. fomel in anno, le han de eritender /n anno Ec ico, fegun nueftira lentencia : aunque tambienies probable la contraria, que dize , (e ha de cor el año'narufal de Enero á Enero. Aísi lo'énfeña, con Vazqúe2;y otros, Diaha part. atrahiqrefól.206.$:Nota etiam. Y con Nugno, y otros,Lugo de Pevit. dijp.1 5.num.157. Torte- cilla: fupr: num.5. - 402 Conclalion»7. Por elte Cy a Ecle- faltico (ni por el Divino ) de la confefsión , no eltá el hombre obligado a' confellarle Juego que *Gometid el pecado mortal, aunque temiájique por “dilatar la confelsion (e le ha de olvidar alguno , d “algunos pecados graves: Gi lo enfeña con otros, Layman Jupr.oum.4. Filiucio tom. 1 .traé?.7.cap. 2. - ps Conineh dif. 5. dub.2. ñitim. 3 4. Y feomun Lugo Jupr. feét.3. num.41. Y le : ' porque la hoy lola manda confeflar wna vezalaño: fed fr e/?, que (1 huvierá obliga- cion de confellar , luego que [e comete pecado mortal , d por el peligro de olvidaríe , obligaria muchas vezes al año elte precepto ; pues muchas vezes al año (uelen pecar mortalmente algunos, y muchiísimos ¿ y Otros tienen gran peligro de que le les olviden algunos pecados graves : Lue- go por efta caufa no les os a obligar , “ni poner ley de que le deban confellar ; aunque fera - muy vtil,y importante ela feles: Ni tam- poco obliga el precepto Divino4 ello, pues Bo le halla texto , ni lugar en que fe pongatal oblig cion ; Luego, tc. Pa, 403 Conclufionogtava. El que esmudo, y no puede confellaríe por palabra, li fabe efcrivira lo debe hazer por elerito. Allo tieñe, con Más yor, Gabticl, Silveltro, Soto, Suárez, y Ve > Gafpár Harrado difp. $. de penir.dific.q. Y can Cayetano, y owros, Coninch Jupr. dub, 10,m.7 A Layman fipr. cap.6. mum, 3. y otros. Lo milmo. dizen eltos Autores , aunque el mudo no fepa crivir,que debe confellarle por leñas, manifelk do los pecados,que de efle modo pudiere: La ras zo es; porque elte precepto obliga , quando ig grave lsdimodo A la mm o > ida fe pued cumplir. De hazer la confeísion por elerito,d le ñas ocultamente, no fe ha de leguir grave in y modo en la fama, d vida: luego eftaca obligad a confellaríe de elle modo. , Igo pue de hi zerlo de palabra. pa Y 404 Concluíion 9. El que no puede confel larfe,(1no por Interprete , porno ab el idiom, del Confellor , no efta obligado a confellaried elle,modo , sii en virtud del precepto Diuino y por fuerga del Ecleliaftico ; como dixe ' efle tratad. Confer.4. num.280. Y en el num. 18) dixe la obligacion que el hombre tiene de confef larfe por Interprete en el articulo de la mue Veafe alli. Y pueden verle á Layman,Filia Coninch en los lugares poco ha citados. 405 Concliñion 10. El que previene,$ u tiempo en que fe cumple elaño , y fe cierfl obligación de confeflar, no ba de poder hazt efta obligado, antes puede,á pre venir la co fion : v. g. en múeltra botentdi , que computa año Ecleliaflico , antes dela Quareíma toma hombre yn viage lárgo ,- en que ha de pala Quarefma, fin tener copia de Corfellor,c/ta ob gado á confelfaríe antes. Afsi lo enleña, me Buenaventura , Soto, Navatro, Silveltro ¿Ri naldo, Puteano, Silvio, y la comun, Baíli ' Confefsio Sacram. 1.num. 10. Leandro del (fupr. queft. 47. donde cita por la opinion COntA ría 4 Luis de San Juan, y Sá. “La razon de nuel conclulion es; porque el precepto de la confeks no eltá izo, ni'determivado al fin del año , que obliga dentro de él, y por todo el dagé: las; li conoce el hombre , que al acabarfe el añoyl ha de poder cumplirlo , eltará obligado 4 conkí faríe antes, quando tuviere oportunidad. 1 406 — Conclufion 1 1.El que por algunía dimerto'no pado confellaríe dentro del añojve en la Quareíma , en nueftra leniencias € DÁ vziembre , enla que haze eb computo por el: “matoral, cta obligado, luego que pueda, a conlele "farle, pallada la Quareíma,ó Diziembre. Als enfeña la epinion comun , que referi en mi Pr alba part.1.num.z; pag. 2. de las imprefJ:en fol.y brad w.2.de las impre /J.eh quarto. Y lo tienen Nava Enriquez, Valencia, Layman, Coninch, y otros, apud Dianam part. 1. 174bh. 4. refo donde cita por la contraria opinion (4 Filiudla Silveftro,San Antonino, y-orros; y la juzga pt ble Diana. Pruebafe mueltra concluhion : pa el precepto de la confelsion, no e/tá limitado y Ml

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