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a Jgle 354 Tratado VII. Del Sacramento de la Penitencia. tum Penitentia, lapfs pofk Baptifmum ad falutem necefJarium , vi nondum regeneratis ipfe Baptifmas. Sed licelt , que el Bautiímo es neceflario con neceísidad de medio inde , vel in voto; elto es , el agua,d el de 2aminis : luego tambien el de la Pe nitencia , á los que depues del Bautiímo han pe- cado mortalmente. 338 Supongo loterccro 5. que tambien coñ . necesidad de precepto es necellaria la confel- lion 5. y no lolo por yn precepto , fino por dos: yno es , el precepto Divina; otro es, el precepto Ecleúialtico, El precepto Divino lo impuío Chril- to Seños nueltro defpues de lu glorioía Relur- reccion en el cap.20.de San Juan,quando inítitu- yo elte Sacramento. Copíta del miímo Conci.. lio ibid. cap. 5, donde dize: Vniverfa Ecclefia fem per intellexit inflitutam efJe a Domino integram peca catoram confefsionem. , Co omnibus pojt Baptifmum Lapfis iure Divino neceffariam exiftere. El precepto Ecleñaltico lo impulo el Concilio Lateraneníe. fub Inocencio III, £ap. Omnis- verin/que fexms , de penit. O rem;f... 389 Supongo lo quarto ; que Chrifto Señor nueítro no pulo tiempo determinado , en que en el difcurío de la vida obligue el precepto de la confefsion ; pero la Igleha ha determinado , y difpuefto, que obligue 4 lo menos vna vez al año; “como confta del cap. Omnis vtriufque fexus 3 poco há citado ,' donde dize el Concilio Lateraneníe: Omnis Vtriu/que fexus fidelis; poftquam ad annos dif- eretionis pervenerit,omnia fua folws peccata confitea= tur fideliter, falte femel in anno,9'c. Con que clte precepto de la confesión es en fubltancia Divi- no , y fu modificacion es por derecho Eslefial- ticoyí Es Divino en la fubítancia , porque lo ha mandado Dios. Es Eclelialtico. en la modifi» ¡cación , porque la Iglefia ha determinado el tiempo en que ha de obligar , que: es vna vezal Ho 1390 Supongo lo quinto; que el Chriftiano -que le halla con conciencia de pecado mortal , y Es á comulgar , tiené obligacion de Cc primero , no Íolo por Derecho Ecle.. fiallico , Gina tambien por precepto Divino , co- eña la opinion comun de los Teologos. Sobre lo qual puede véríc A Diana part. 2. tra, 14. refol.6 3. Y'á Leandro del Sacramento tom. 2.trah.7. dif7. quef.12, Y de ete precepto de confellar antes de recibir la Encariftia , tratare, Deo dante,en la 3 part. de eftas Conferenc. en el traét. 9. de Sacram. Euchar. Y algo'de ello tengo yá di. cho en la 2, part. de mi Prabb. traél.17, num. 2434 O feg. y anum.246: ho Me all. ; 391 ngo lo fexto ; que ni el precepto Divino, he: Eclefñafico de eoclelon obliga 4 los infieles no bantizados ; no el Eclefiaítico, ps los rales infieles mo fon fubdiros de la 12;, puesno han entrado debaxo: de fu jurif- dicion por la puerta del Bauriímo. Tampoco les obliga el precepto Divino ; porque los pecados de pecado mortal, Ica D.Thom. tad. dif?. 17-943 cometidos antes de recibir cl Bautifímo , ho materia de la confeísion, ni pertenecen4 ee cramento. Ni obliga. tampoco: elte precepto vino , y Ecleñaltico 4 los niños Chriftianos , q no tienen «fo. de razon; pues role teniendo] pueden tener pecado:aétaál .,' que féa mar lu confeísion.::; 242 19h 11 ER 392 Supongolo feptimo :;' quel prece Eiivlnridadá Ue co eligro muerte ¿como afirma la fentencia comun de Lottores: y la ticos Santo Tomás in 4 dif quejt.3. art.t. ad 4. queft.. Y esla razon; pe clte precepto y que Dios puía., fe ha de camplir en la vida: ¡Juego antes de la muerte: luego jalo: tando peligro de ella , obliga elte precepto Diy 7 Y no de la confelsion. De aquies , que fialgune! teniendo copia de Confellor , creyelle probables; mente , que de(pues no'tendria en lu vida ocas lion de confelflaríe ; 9 porque lo llevavan ce: di vo , O prifionero los Moros; d porque (e hal lava en Regiones de Infieles , d: parajes remotos, taria entonces obligado á contellaríe por € precepto Divino, Afsi lo enfeña ¿con la Diana part.3 « traft. 4. refol: 6 9. donde cita pe 1 contraria opinion 4 Juan de la Cruz, ;-la qu con Juan Sanchez, y oros Modernos, juzga > bable Leandro del Sacramento part. 1. trabk; difp.3.9.11. Elto lupueíto acerca del-prece Divino de la gonfeísion , hablaremos aorad Ecleñaítico, 0 A 4 $. J La 97 fl 1 ¿05 Conclufiobes acerca. del precepto de le: A confefrion. 1 e 393 ¡Onclalion 1. El precepto Eeléa Galtico de la confefsioh obliga 4 todos los Fieles , que tienen vío de razón, wm vez cada año. Confta del Concilio Lareranenk , en el cit. cap. Omnás. Y del Cone, Trid. SS Ya ¿ e4p.5» Más ño obliga al qué notricne:concienci art.t. adqueft.z. ad3. Y.con Suarez;y Vazquez, Coninch, Fagundez, Bonacina,Laymán, y la mun l o eufeña Paláo tom.4.trxft.z 3. pundl.a 2.mm ,5 « Y fe prueba del Concilio Trident. ¡hid» que dize, que elte Sacramento El. fecsndá tabla poe nasfragidm, Luego el que ino ha naufiagado: en el tempeltucio fondo de la culpa mortal ¿00 T— tendra obligacion de confellaríe, Lo otro, por. que elte precepto Eclehaftico de la confebsi es en fabítancia lo /miímo que el Divino: Au el precepto Divino «no vbliga 2. confellar los pes cados veniales , fino los mortales ; como £ón del mimo Concilio ibid, Luego rompo: gará a ello el precepto Ecjefaftico : luego el no tiene conciencia de perado morral; na obligado al precepto de la gonfelsion. Mas coma advierto Palaof6id. eftara pbligado Acc 0

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