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$e Tratado VIL.- Del Sacramento dela Beniteñcia. ice, me parece debe concederle forco. dicos pri Hs obligado 4 manifeltarla. Y lo ef integridad de .uebo ; porque el precepto de la integri E e eortciión obli a manifeftar los pecados , y circunftancias (quando madan de elpecie) que le pueden manifeítar: Luego concedido, corno con=' cede, clta tercera lentencia,que el peniteme pues de manifeltar el pecado , O circunitancia,que ha de declarar al complice, fe gue, que eltará obli. yado á ellos , menos que efta fentencia quiera (al. var lu alferto, diziendo,que [ón probables las dos primeras lentencias; la que dize. , que el penitente en cítecalo no puede manifeftar la tal circunl= tancia ; y la que aficma que la debe dezir , y que fiendo probables las dos opiniones,puede el penia tente (eguir la que quífiere; y iguiendo la vna, le dirá,que puede ocultar la circunftancia , que ma- vificlta al complice ; y Águiendo la contraria”, le dirá,que no eftá obligado ácllo. * 277 Reflpondo lo quinto al cafo propuefto, que Terencio no podia en la confelsion dezir aquella circunftancia , por la qual el Confela for.avia de venir en conocimiento del complice, - aunque ningun otro daño le huyiera de feguit de declararla, que la infamia del tal complice en el juizio de el Confeflor. Alsi lo afirman los Auto. res citados porla legunda lentencia en el mera 27 5. Pruebale nueftra refolucion; porque quando ecurren dos preceptos Jamal inoblervables, fe ha de guardar el que es de mas pelo ¿en elle calo ocurren dos preceptos fimul inobfervables,el vno de laintegridad de la confefsion,el otro de coma fervar la fama agena : luego [e ha guardar el que es de mas pelo . Atqui, es de mas pelo el pre. cepto de gnardar la fama agena, que el de lain. tegridad de la confeísion: luego fe ha de obfervar quel. Elta vltima menor [e prueba : El precepto hatoral es de mas pelo, que el precepto politivo: el precepto de guardar la fama al proximo es na- tural, el de la integridad de la confelsion es po- fitivosluego el precepto de guardar la fama al pro ximo es de mas pelo, que elde la integridad de la confelsion. OBFECION: CONTRA LA de AA 278 Si poralguna razon debiera Terencio ocultar ella circunitancia enla confeísion, feria por la infamía,que con el Confellor avia de tener el complice. Sed fie eff, que elta razon no obíta; luego debe Terenció manifeltar la tal circuní= tancia , aunque por ella huvicíle el Confellor de venir en conocimiento del complice. La mayor esla prueba de nueftra [entencia, La menor, en que confilte la dificultad, le prueba ; El revelar yn delito grave del proximo á vna perfona pruden- te, y lilenciola , no es pecado mortal en opinion de muchos Autorés ,que con Navarro, Reginal- do, y Cayetano cité en má Pralt, part.x. tra0t.8 y / y Conliguiente, de que fe podrá en la confelionk ¿ Anque ningun otro daño fe liga, qué el mal cep.2.pum.S.de la imprefiim en fal, Por repara ello por agravio grave contra la: m proximo ; luego tampoce lo feri el dezirio. -Fellor.Pruebo la confequencia; porque eli; la confefsion es mas apretado,que el fecr fe clpera guardará vna perfora: difodera: ciola: luego Í1 porque elle noo Rica , nO vio grave el que lo lepa,tampoco lo ferá lepa el Confeflor cn el figilo dela confel: Reípondo lo 1 ¿admitida la mayor $ menor.A la prueba niego el antecedente 5 por áunque ellos Autores , y otros Heyan > que ho pecado mortal el dezir vna perlona dilerera, y lenciofa la falta grave del groxiíno, ya ni to,ni ligo tal doétrina, fino la contrariay; Comun,por la qual refiero 4 Villalobos; Diana, y otros en mi Praótica loro cibato, el proximo lentira muchisimo ,y con gti que vha perfona grave, y difcreta lepa (u: en cllo ferá invito muy razónablemente ; negado clte antecedente,no puede cone zir le circuoftancia , que manifiefte al compl zio,que el Conf: Tor bará de dicho complice] 279 Y li preguntares, qual de las dos! Conftancias ha de ocultar Teréncio, la del n to, d la del Adulterio ? Relpóndert lo 1. que? de oculrar aquella , por la qual el Confellar' nia en conocimiento del complice. Relpondel 2. que li por cada vna de las dos feorfnk y " en conocimiento del complice el Confelllor: por la de adulterio, come por la de inccfto de “LU ocultar las dos. Relpondo lo 3, que Íi' callan qualquiera de las dos3 y confeffando qu Iqui de ellas, no avía de venir el Confelloren' conoci miento del complice, fi el parentefco era de ea fanguidad, fe avia de ocultar el adulterio y 8 zir el incefto. Si el parentelco era: de afinid; de primer grado, [e'avia de hazer Jo mimo: Á rad afinidad fuera del primer grado , fe avia de dez el adulterio, y callar el incefto. La razon €s, pó que el adulterio es menor pecado, que el celk entre; confarguineos , y entre afines del prime grado; y mayor pecado que el inceto entreah fuera del primer grado,como con Mallero,y llenc , dize Fray Antonio del Efpiritu Santo e Dire!l. tom. 2. tratl.9. difp.3. 8.2, ua. 3 y puede verte en Fagundez in 6. precept. 10.6. me 7.num.1 4. Lucgoen cafo que lola vna de las dos circurftancias disiuntifué avia de manifeflar complice,debia callar el adulterio, el ines oe con confanguinea en qualquiera prado, d an el primero; y fi era con afin fuera del primer grado, debiera callar cl incefto, y de. ,, zib el adulterio, - Ak - e A

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