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(240 bautizado es fubdito ya de la Igleñia ., que le revio ve como Madre, Y Como tal puede euidar de q lu hijo efpiritual wo quede en poder de fus malos padres, conricígo, y peligro maniñieñto de lu al. má. Tratado V. Del«Sacramento del Baútifmo. cellario que le ponga Padrino: AGilo enteña con Soto , Enriquez , Sanchez, Suarez iy Rodriguez Layman vhi fupr. num. 5. Y con los miímos,y. Ef. coto, Diana, Dicaltillo, Leandro ibid, giñudonde cita tambien ¿Palao -punét. 10. (ha delecrío punt; 11.) $.1.num.1.. Y tampoco habla Palao ai del Bautifmo privado, fino lolo cl folemne: Obligan CONFERENCIA UV. tionem e[Je ( dize) in Baptifmo folemná adbibendi aliguam perfonam , prater baptizantem quibaptia E zatum leuet de facro fonte, Ge, y nada. dize d AS : Delos Padrinos , Ceremonias, Ritos ; y Efietos Bautilmo , que privadamente fe adminiltra. $e A . del. Bautifmos SA De los Padrinos. 126 PUNL Padrino eslo mimo , que qua£ Jpiritutalis Pater , que fe inftica- yd para enfeñar al niño en los rudimientos de la Fe., ytiene por derecho ella obligacion ; ex cap. Pos aúte omnia,de confecr. dit. 4. Cita tambien para ¡elle adumpro Palao punét.11. $.:.num.2. al cap» Ata diligere 30, quejft.1. (ha de dezir 4. 2.) y no leo hable del cafo elte Canon. Afirma cíta obliga- ' cion del Padrino el fentir comun de los DD. con -Santo Tomás 3.p. 9.67.prtic.8. Y añade el Santo, que cefla .elta obligacion ordinariamente entre «los Chiriftiznos , porque fe debe prefumir., que los padtes naturales tienen eMe cuidado de en- , feñar a los'hijosla Doétrina Chriftiana : y en de- fcéto de los padres ; los Parrocos , Ó otros; como «dize Layman lib. 5. traót..2. cap. 9. num. 1. Silos Religiofos puedan fervir de Padrinos , lo tengo dicho en la 2, pide mi Pralt.tratt. 4.c4p,7.num.5 9. Pag-31 3. de las dle. impref. alli le puede ver. Elto -Lupuefto. eJzt, 127. Digolo 1. quel Baurifmo, que fe ad- ¿miniltrafolemnemente , le debe hazer cón Padri- Mos. «/dsi lo enfeña Santo Tomás ibid. art,7. yes comun. La razon la pone el Doétor Angelico; porque el Bautiimo es vna regeneración efpiri- tual, en que renacerA Dioglos Fieles , como na- cen los hombres en lo cremporal: 2d /5c eft, que en la genefacion , y nacimiento temporal , demás de los padres , fepone wna nodriza , y pedagogo, que alimente , y gbie al parvulo ': luego enla re- generacion ,:ymacimiento e(piritual ha- de aver Padrino, que como nodriza, y pedagogo alimen- te con ladeche efpiticual, y dirija con las lozes de la Fc:al infante 7 y ferá pecado mortal 1 el Parro- co adminiftra (olemnemente el Baurifmo Gn pa- drino. Aísi lo enfeña contra Pollevino', y Arcan- gelo , Leandto del Sacrata, tom.1. tralt.2. difp.7. 9u4/!.2. citando 4 Bauni, Dicaltillo, y á Caftro Pa- lao traft. 1 8. (no ha de dezir, fino traéh.19.) punét. 11.$.1. m1. Pero Palaomo exprella:, que fea pecado mortal , ino qutes necellario «quelo aya; Pt legents patebie. AN 128 Digolo 2. En el Bautifmo, que priva- damente fe adariniltra por necefsidad » HOCS: nes quidquid. fut de Loc , fe prueba nueftra concluñon;F porque no fe halla Texto , ni Canon, ni Ley, que! . mande fe ponga Padrino en el Bautifmo , que le adminiítra privadamente en calo de necelsidada luezo no es razon que pongamos tal obligacion, | Mas li fucediere ¿ que fe puñielle Padrino en el Bautilmo privado , contraheria cognacion e/pitin tual con el bautizado , y fus padres ;. como dize Laymian ¿bid. in. fine 3 y la opinion mas probable en fentir de Leandro »¿; Supra, queji.21.con Naá varro,Vivaldo, JEgidio, Zambrano, y orras: cone | tra Sanchez, Nugno, Rebello,Filincio, Bonacina, Soto, Hurtado, Rodriguez, y otros, que refiere por la opinion contraria, ko 129 Digolo 3. Que para que yno fea vali. do Padriro , fon necefarias tres colas. «Lair, que efte baurizado ; confla ex cap. In baftifmate, de coma É Jecration. dift.4. La 2. quetengaintencionde has $ "zerel oficio de Padrino, fegun la mente de la $ Ielelra Catolica; y efta intencion juzgo, que baíta lea habitual , fin que obíte la 1. Propof. condena. * da por Inocencio XI. porque aquella habla de los Miniltros de los Sacramensos , y el Padrino noes | Miniftro : ylo otro , porque habla de lo que roca * al valor del Sacramento , y el Padrino no es nes * ceflário para el valor del Sacramento. Laercera cola es , que el Padrino tenga vío de razon ; por= ' que no le teniendo , no puede tener intencion de «exercer fu oficio. Deaqui es , que el que invalid? fuelle Padrino , por faltarle algunos de ellos tres ¿requiicos , que lon necellarios para Íu valor , no -contraherá lá cognacion clpicitual ¿como Le co. «lige de Layman fupra mum. 3... $. Altera efi. Aña- E -de Diana p.9. trabt:7.refol :so. $. Verumezo, y dia «z€ ler.comun., que. el nómbrar los Padrinos , pet- tenece a los padres del niño , no al Cura , fino en defetto de ellos; y que Í3 el Cura madafie los que * ¡dos padres avian deliguado ; lo haria invalida. * -mente , y que tales Padrinos no contfaherian<og- -MACION. 15% 130 Digolo 4: El Herege puede fer valido Padrino (teniendo vío de razon , y verdadera in- E tencion ) porque el Herege eftá baurizado. Ver- 00 dad es, que nó es licito' admititle por»Padri- no, y que feta pecado mortal el nombrarle ; y que es menos inconveniente , fino fe halla Padri- $ -uo Catolico', adminiltrar el Bautilmo fir Padri- ; no , como dize Palaa »bi fupra, puntt. ari Gar. “mum. 9. Porque el preceto de poner Padrino, que i po-
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