BCCPAM000545-4-05000000000000

luego, Sc. Lo otro ( que es la razon de Reginal« io) el que vá d ordenarle de Orden Sacro , por el miímo calo que le ordena, le obliga á la continen- cia , por eltár ella incluida enla recepcion de las Ordenes Sacras : luego el que va celebrar, y ad- miniftrar los Sacramentos, te ha de dezir,que lleva yá baltante intencion incluida en los medios con- ducentes para hazer los Sacramentos. Y finalmente, porque liendo tan fragil la me-" moria de los hombres , y tan facil yna digrelsion dei penfamiento , muchos Sacramentos te harian nulos , por falta de intencion , fino le admitiera esta doétrina , de que baíta la intencion embebi- da , € incluida en los medios , que pone el Minil- tro , ordenados ex fe: 414 efeccion de los Sacra- mentos. Eltd juzgan probable hombres Doétos de mi Religion, áxquienes lo he comunicado ; y lo irae tambien nueltro Bona Gracia , diligente El- critor de mi Religion,en 4 Sumula, verbo Mia,in Addie. $. Intentio., 22 Noobltante , juzgo que la contrarjo es verdadero ; y afsi relpondo, que lin intencion Jal. tem virtual, que procede de la aétual, y le coníet» va en los medios ordenados ¿la efeccion del Sa. cramento, nofe haze efte validamente. Y esla “razon 3 porque la efeccion del Sacramento es acto humano : no lo puede (er in intencion , que proceda de volaptad , que procedió , folo porque los medios ordenados al Sacramento la iuclulan: lucgo no balta parala éfeccion de los Sacramen- tos aquella intencion , que vá incluida enlos ose- dios ordenados al Sacramento. OBFECION CONTRA LA: primera doctrinds 73 Eta condenado por la Santidad del Pa: pa Inocencio XL. en la primera propoficion de fu Decreto, el feguir opinion probable y; dexada la mas legura , en aquellas colas de que pende el va- lor del Sacramento p r Divina infticacion ; como fe nod al principio de efte Tratado ; fed fic ef, que de la intencion del Miniítro. pende ¿el valor del Sacramento por Divina inftitucion ; luego en materia de la intencion del Miniltro , fedebe fe- guir lo mas leguro , dexado lo que folo es probas ble, 5u4/umo. Es lo mas leguro el dezir,que le re- quiere formal intencion aétual, 9 virtual , que no ella que vá embebida en los medios ordenados: á la efeccion del Sacramento : luego elta opinion, aun dado que fuctle probable efpecnlativamente, no podra feguirle. 74 Reípondo , que en elta primera propolí- tion del Decreto de Inocencio XL. lo que le con- dena es , lalicitud con que dezía podian feguirfe opiniones probables , dexadas las mas leguras;, perono condena la probabilidad de las opinio- nes acerca del valor de los Sacrafnentos ¿como le colige de las polabras milmas dela propofi- 'cioncondenada, que dezia: Non fl ilicibmen, y no, h t Ñ Coni 2.Como fe han de adminifirar los Sacramentos; 201 Non efl invalidum. Dé manera,que debemos con liderar dos coías en las opiniones ; vuas que de- zian , fi es valido , d ho es valido el Sacramento hecho de elta, y aquella manera ¿ y de elto nada le condena en la propoficion dicha ; la btra coía es , (Les licito feguir cal opinion , quando fead- miniltra el Sacramento ; y en efto fe condena el Ieguir lolo lo probable , derado lo' más leguro, en aquello de que por Divina inftitucion pende el valor de los Sacramentos ; pues como: la opi nion , que dize » Que baíta la intencion implicita en los medios ordenados 4 la edeccion de los Sas cramentos, lolo hábla de fu valor,no de (u licitud; de ai €5 > que no efta condenada en la fobredicha primera propolicion. _ Eftará condenado cel dezir , que esliciro (e. guirla ¿ y configuientemente, quespuede practis carle tal opinion , porque aqui ya fe hablará de lo licito 3 COn que pecaria el que la praéticalle ad vertidamente ; lo qual nadie creo lo haze : y le elo cuíaria de pecado. el que la praética in adver : tencia, no acordandole de formar intencion ac.. tual, ni teniendo la viral procedida de ella; con que le, quedará deípues de adminiltrado el Sa. Cramento el confuelo de ella opinion. , fegun la qual bizo valido el Sacramento ; y de no averlo praéticado con pecado. , de que le elcuso la inad- vertencia » Y de no tener obligacion de reiterar el Sacramento, que. yá adminilt'd ; pues tampoco la ¿Propolicion condenada habla de los Sacramentos yá hechos. CASO VIL 75 Cierto Sacerdote. , quando hazia los Sá» eramentos,la intencion que tenia, era folo de pto= nunciar. la forma. legitima fobre legitima matc- tia, como manda la Igleñia. Preguntaf? , fi bajtava ejJá intencion para hazer validos Sacramentos? Refípondo , que no era baltante ea intencion. Ira cum Magiltrofentent.. D. Thom. 8 alijs, Lean- dro del Sac. part. to traét.1. de Sacramentis in geno diJp. 42 queft. 12. [no que es necellario tener in. tencion de hazer Sacramento , d de hazer aque ' Mo, que la Iglea intenta con aquella accion, que Chrifto inftirayd.. La razon es; porque para haZer : valido Sacramento , le requiere tal intencion, que determine la accion á cofa de Sacramento ;/2d fe +efky que la intencion de pronunciar la forma legi- tima lobre legitima materia , no determina elta accion á coía de Sacramento: lucgo ella intencion ¿no balta para hazerle. Pruebo la menor ;. porque el pronunciar la forma fobre la mareria; , es cola indiferente , quele puede hazerirrioriamente, 5 por otros fines ; luego la intencion de pronuncia£ la forma [obre la materia , no determina ella ac. cion á cola de Sacramento ¿y el feguir lo cencra- rio , queda incluido. en la primera Propolición condenada por Inocencio Xi. como le dixo arris Da, 04m. 34 Sa Ob.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz