BCCPAM000545-4-05000000000000

, Cramental para difpenlar', aunque Diana enel as 174. . - Tratado]llo De las leyes. | A que dexen de tomperle , fera Sla la di | y Porque la mente de lu Santidad en cfto , lolo es pad) Fa que no hirvan las tales letras enel fuerocxte. mo dize Balilio Ponce l¡b.S. de matr. cap.2.n4m.1 42 Tior,como dize Diana Pod tratt.g refol.yt. Sscd Pero elfo no esnecelfario , como dize Sanchez ; bi quia, prope finem. Pero abrir las letras podrá el Con * Jpr.uum.2 1. Y menos lerá necellario exa pinar tel felfor , aunque no tenga'el grádo de Dodor, pues "tigos, lino Lolo eftár al dicho del larof, 9 penitente elte lolo fe requiere para dilpeníar , como dize Bow. nj tampoco es precila diligencia el ám oneltar 9 nacina bi fupr: fub mum.3. $. Si queres. 1 exortar al penitenté'4 que diga la verdad, como di.. a | ze Palao tom.1, traéf. 3adifp:6: punétas SS. 1 num. 4. Clanfula oétava. in fme. Aunque hempre importará , que el Confet- 64 Gratis vbigue.. Por lo qual no puede el Sus lor exorte con razones al penitente , que diga la mo Pontifie: recibir por el delpacho cola alguna, $ verdad , y le pondere el grave cargo de conciencia, aunque le ofrezca graciolamente , como dizc Na» que debe tener li no la dizes qa : varro lib. 4. conf. de Jponfi5so, num. 3. Y lo miímo les 4 e IPR qu me quando nolecorfta , debe préguntarla al peniten= t€; Y aunque no [eria cola reprebenfible pedir jurás, mento al penitente fobre la verdad de la cauía y, : (poficion; y A Es 3 ¿e E dizedel Doétor qué dilpenta , y del Confeilor que $ / Clanfula quartas. 2, haze traer lá diípenfacion 5. folo los portes que tra= $ 6o Modo impedimentum inde prouensens y oceul. Xere la cartaslos avrá de pagar el penitente. Y tum ftt, Y oculto le dira , ño porque no pueda pro= baríe. , fino porque no lo labe la mayor parte de la : »* Clamfula nona: A vezindad ; ita Sanchez lib.2. de matr. difp.37. numa 65 Quendo fe pide la difpenfacion para im- * 11. Y afsi,aunque lo fepan dos,ni tres perlonas,cos pedimento del martimonio ,. yá contrahido conel mono lo lepala mayor parte. de la vezindad » BY impedimento; le pone elta claulula : Pt coniux ¡£U4n por ello dexará de de otulto. Y o, Ya cersior fiat de mullitate prioris matiimónij». En clto EN 7 " Lucle aver inconvenientes graves alguna vez , má. Clanfula quinta; d Xime (i el impedimento es propter copulam vxoris 5 y h 61. AuditaConfefsione , e. Sobre elte punto acerca del revalidar en elte calo el miatrimonio , le juzga con Sanchez, Gallego , Salas, Calico Palag puede vér mi Praética del Confellonario. , trat, 6, »hi fupr. num.6. no fer necellariala Confefsion Sa. ' cap.8. part.6. per totam. Tambien €n las dilpenfaciones de impedimen= gar poco ha citado re/0l. 71. juzga pategho ya tos dirimentes, que fc piden para matrimonios con= probable », por lo que dixo Filincio., y Fernandez, _ trahidos yas luelen encai gar que fe féparen los com que alli cita 5 pero creo que no le falta robabiliz fortes antes que el marrimonio fe revalide ; pero dad á la lentenciade Sanchez ; pues tam vien fuele ¡Delta las mas , d todas las vezes tiene inconveniena ponerle ella condicion en otras dilpenlaciones » Y 15, y teniendolos (e ha de omitir ¿que por efto fue. comutaciones de votos: y no liempre es condic on: le dezir el relcripto: Si fieró valeat,15> pi/Juma fueris lubftancial , fino direccion , O conlejo, Verdades, Confejfario. que en la practica le debe" liempre: aconfejar e EEES Claufula dezima. confesion , como dize Bonacina re qa 66. Serata in dijpenfando confueta Ecclefie fora panét.2. 1.8. pues parece le colige alsi el Concilig ma, Acerca de lo qual fe note, que no ay forma de Tridentino fc//.2 zo cap.1 5. Pero lí en algun cafo le palabras determinadas para diípeníar , fino que fe mandale 'expreflamente la Confelsion Sacramen= ha dobazer con quale(quiera palabras , que indi. ral en el referipco,entonces [eráprecilo,y delte mo. quen la difpenfacion ; y €lta fuele (er lá forma aco(= do puede tener cabida lo que dize Diana en el La tambrada de la Jolefa sitaSá verb, Di/penfatio,num. gar citado,y lo milmo que repite cala p.8, tr. 3 .refo ¡Aza Tambicn fuele ponerte efta claulula : 9; proles 103.49 fito 0 ¡eepta legitimetur », Quando fe dilpenía en impedis Claufula fexta. mentos de matrimonio; lo qual firve para que el hi. ñ « k 00 .s 62 Etalia pia optra perte iniungenda, No pue= $0, que nació del tál matrirhonio mal contrahido, PEN de el Confellor omitir , ni dexar de imponer las no quede Irregular por lay ilegiimidad , lino habik obras que en el relcripto le mandan , atihque las - para recibir Ordenes, y Beneficios. puede moderar enalgo : y. gr. (i fe manda queel 67 Vitimameme , en quanto 4 la difpoficion penitente confielle cada mes vna vez , le puede dif. que fe ha de tener en embiar la carta a la Sacra poner , que fea cada dos, d tres meles , ( pareciera” Penitenciaria, lo advierte el M.R.P.Lombier, al fin conveniente , como con Sanchez ,Baíilio , y Salas ¿de las Propoliciones condenadas por Alexandro dize Caltro Palao bi fupr. num.7. y Bonacina en el ¿Vi en la edicion 6. fol. (mib5) 563. y ha de ler,cm- lugar de arriba fub num, 9. Pero las obras que le ima; — biar la cartá con la Polta, 9 Correo, advirtiendo en pulieren , han defer obras libres y yde (upererogan ella el modo , y camino por donde podrá venir la cion,no las que ya for aliás de preceptos e refpuelta, callando el nombre, y apellido propio del j penitente, y proponiendole con vozesimperlonales Claufula feptima. «em la forma Giguiente , que es lá que trae Lunibier | 63 Fo belitrera dilacerentar, Pero no por en el lugar £ibado. e El .

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz