BCCPAM000545-4-05000000000000

156 Objeción L, / Tratado 11. Delas leyes, E o E - ellasleyes, y los locos viven difpenfados en ellas ; y A ello no peca quien les adminiítra las carnes en «$9 * El Embriagado,y el que ignora el precépa -. días prohibidos. ES dd laca: to, nié/pecan en comer carne en dia de ayuno; go tampoco pecará el que feles admniniftra, R o , concedo el antecedente , y niegolacor rencia: la difparidad es, porque el ebrio, dignos. Dee no tienenadvertencia , y conáiguientes En y no les es volantario el no obfervar la ley. 1 y como rodo pecado ha de fer voluntario; por ella no pecan ellos ; pero como al ue la dí no le falte advertencia , no puede efcularle de culpa en admí- niftracles dicho manjar p A 1 Objec Pd TÉ”. 20 Alosinfieles,á loslocos, y'A los niños,que no han llegado al vlo de la: razon , fe les puede dat carne en día prohibido ; luego tambien 4 los em= briagados , y á los que ignoran invenciblemente el _ precepto: Pruebo la quencia.Por elfo es licito darlas 4 losinfieles, niños, y locos,porque eftos no an en comerla: atqui tampoco pecan en cometa los embriagados , y los que ignoran el precepto + invenciblemente ; Juego le les podrá dár carne en dias prohibidos. e ondopuieica: cl antecedente , y niego la confequencia. A la prueba,niego la mayor: ablolu= tamente entendida: no precilamente,porque no pe= can en comer carne los infieles,locos , y niños, 0 ho tienen vío de razon , le les puede dar carne:fino que losinfieles , por no fer fubdiros de la Igle= A no eltán fujerós a las leyes ; ni tampoco eltan fujetos A ellas los niños, que notienen vÍo dé ra. zon; y los locos cltán difpenfados por la enferme dad de fu accidente para poderla comer f: pero co. mo los que ignoran el precepto , y los ebrios eftán lujeros á la Jey(aunque per accidens no pequen en mo oblervarla ) de al es, que á eltos no le les puede dar carne en dia prohibido, 4 u i Infancia. car A los inficles , ni locos, niniños , que notienen vío de razon , es liciro provocarlos á cos las yenercas;y no obítanze no eftán lujetos 4 la ley; luego aunque no' eltén fujerosá la ley del ayuno, no lerá licito dár carnes á los infieles , locos, y ni- ños: y (4 elbos es licito , lo feré tambien á losem- briagados;é ignorantes de la ley. Reípondo,negan= do el antecedente , en quanto á la parte , que dize, que los infieles, lotos , y niños no eltán lujetósá la ley de la caftidad ¿ porque como efta efte féllada en la miíma naturaleza,comprehende 4 todo hombre. Aunque el loco , y niñó (in razon , por falta de ad» 'vertepcia , no pequen en no obfervar las leyes de la pureza; pero pecará qualquiera que les provocare a ella, pues les incita 4 cofa, que es intrinlecamente mala.Pero como la ley del ayuno fea Eclehialtica, y el comer carne no fea intrinfecamente malo , fino folo es malo por prohibido; de ares , que los infie- les,y ninos, que no tienen razon , no eltán Íujetos4 CASOHIT, 242 Enalgunos Conventos de Religiofos fues len entrar niñas , queno han cumplido licte años) y en los de Monjas niños de la milma edad. Pres: guntafe , f pecan los que los eotran ,cé incurren en la excomunion del ConciliorSef).2 5. cap, 5. Reípondo,. que no pécan,ni incurren en la cenfura( menos que. en algun Convento aya prohibicidh del Superior * para que no [e introduzcan.) lra Nayarro comment. 4.de Regularib, num. $9. y es comun. La razon CS, porque el fin del Concilio fue evitar los inconve.. nientes , que podia aver en que entrallen hombres en Conventos de Monjas , y mugeresenlosde Re. ligiofos:arqui elte fin no fe verifica, ni entiende con los niños incapaces de razon:Jue go¿%c. ¿ + Objecion, 23 Los que introducen en los Conventos de Monjas á los inficles, y locos adaltos , pecan mot- talmente,t incurren €n laexcomunion , aunque los tales no citén fajeros á la ley ; luego aunque los ni- ños antes del vío dela razon , no.eñén lujeros á la ley ,pecarán, € incurrirán en la excomunion los que los entran en Conventos de Monjas. Relpondoy concedo el antecedente , y niego la confequenciaz E porque en loslotos, e inficles adultos le verifica el inconveniente y y £n , por el qual le prohibe 4 low hombres entrát en Conventos de Monjas ; y por eíta razon, aunque ellos no pequen en entrar , por vivir exemptos de la ley Ecleíialtica, empero pecan los que los introdacen;mas como en los niños calle el inconveniente, que quilo evitar ella ley , por ella no pecan los que los entran. Infancia. 24 Aunque reípedto de losniños no aya in= conveniente,en que entren en los Conventos , puc - de averlo relpeéto de las perfonas , que viven en» cerradas enel ; luego no ceíla de el todo elincon- yeniente ; y como la cenlura, y prohibicion lea con- tra los que introducen , aunque alias los niños no pequen en entrar , pecarán los que los introducen, Reípondo , que aunque filicamente fea poísible al= gan inconveniente en las períonas , que viven en ligion , de" que entren en fus Convento los nia noS:Quia pofsibilitas eft res ampla. Pero elle peligro es FEMoto , no proximo , ni moral : y como en las “colas morales no fe atienda 4 los peligtos remotos, fino ¿los proximos > Y morales ; de al es,que no ay. inconveniente culpable, y prodente,aun reípedto de las milmas perlonas Religio(as , en que entren én los Conventos llos niños incapaces de razon: y Í en algun Convento lo huviere , y fe confiderare algun peligro moral , Íabrá la difereccion del Superior cantelarle con prudencia, $. Y.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz