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146 3 Tratado IM. De las leyes. voluntario, Conf3. 6.4.conel. 1. de 31 es,que el niño rezo del primer Ro(ario. Ira com Sanchez, Ponaci. | latisfizo baftantemente :á la ley con la Milla que tom.2 .difp.1.de legib.queji.1. punétironum. 21.) oyó y 2UNque la oyclle por miedo del caltigo, EN ebaíle y porque Cayo le obligó a rezar íolo va y 408 Rofario cada dia : arqui ya le rezo; luego yá no te- ' CASO V ¿LEA ia obligacion de rezar otra vez, Lo miímo fucedo 26 Sempronio pago las diezmas 4 la Igle en la penicencia impoeíta en la confeísion, que fi el por miedo que lé amenazó la Jufticia, que le cal penitente la reza con auimo de no cumplir con.ella garia, 1 no las pagava; y eftava Sempronio con yo» por entoncés , y rezar otra vez , no ella obligado 4 | luntad,c:invencion exprella de no pagarlas,G mo hu- — bolver á rezarla , ino lolo 4 mudar , O defiltir dela viera mediado elle temor grave; aviaenta Lugar intencion primera ; Bonacina ¿bidem. Efta doétrina | excomunion mayor contra los que no diezmavan. — tiene dos limitaciones; la vna es,que'li Ticio,quan= Preguntáfe lo primero”, Ji aviendo Pagado poreJJe miedo do hizo el animo+a mo fatisfacer al yoto con el rezo las dicgmas , cumplió Sempronio con la ley , que manda primero,tuvielle intencionde hazer voto «de rezara diczmar? Lo fegundo , fa incurrió em la excomunion, por le otra vez,e taria obli gado a bolver á rezar,no por el auimo que tenia de no diezmariRelpondo lo prime- — el primer voto, fino porel fegundo.“La otra timiras ro;que Sempronio en lu voluntad, intencion pecó, ciones, que di el penirente fe hallafle con dos oblis y quebrantó/el precepto de las diezmas , puestuvo gaciones, Ja vna de voto, y la otra de penitencia, y voluntad abloluta de no cumplirlo.Reípondo lo fe. tuvielle animo de aplicar la primera obra al voto, undo ; 'empronio con el efeéto fatisfizo 4 la no cumpliria-con efla la obligacion de «la peniten» y de diézmar, y no efta obligado á pagar fegunda - cia, lino que avia de hazer otra diftinta para (aristas vez las diezmas , ino 4 mudar la primera intencion — cerá la fegunda obligacion. | mala ,'y perfuadiríc que yá cumplió baltantemente — ' «con él efedto, y obligacion de la Igleña. Reípondo : + Objecion. do tercero; que no incurrió en la excomunión 29 El woto es vna obligacion perfonal , que aquella interior voluntad, que tuvo de no diezmar, — voluntariamente le im puto Ticio; luego pendiendo Pruebale ; porque las ceníuras no le incurren por eftaobligacion de voluntad de Ticio, no pudo laz 1] actos internos, lino externos,y confumados:atqui el . tisfacer a ella,quando tuyo veluntad,d intencion de * pecado de Sermpronio fuc interno , nopo ni — nofatisfacerla con el Rolario primero, que rezos confumado en el cfeéto; luego Sempronio no incú- luego debia rezar otro.Relpondo,concedo el anre- rrid enla ceníura , 0 excomenion. Ita Layman vbj cedente, y niego las dos confequencias; porque Í Jfipnsa mn. Ms la obligacion-del voto pendia de la voluntad de Ti. OBFJECION CONTRA LA cio,pudo elte mudar la voluntad primera, y perfhaz Si tercera re/puefña. dirfe,que ya avia cumplido el voto; que fi con el fe 27 Elado interno, y externo contienen vna obligó 1'rezar vn Rofario, ya lo avia rezado:y li tu miíma malicia numerica, como le dixo arriba tri +. , ho intencion de no (atisfacer con elrezo primero, Jeét. 2. Confer.vnica, $.1. luego G el acto externoés- mudd la intencion depues ,'y no cltaya obligado 4 capaz de la ceníura , tambien lo ferá el interno:lue. mas. ¿go fi Sempronio huvicra incurrido en la excomu- CASO VIL nion,fi externamente no diezmara, tambien la neg-" “30 : Á vn penitente mandó lu Confellor ; que trird con el acto interno de no querer diczmar.Rel. ayunalle dos dias. Preguntafe, fi cumpliria con AJUDA? pondo,concedo el antecedente, yniego las dos con- los en dias que la Iglefía manda ayunar a los Ejeles? Rela «lequencias:no le gue de que cl acto externo, ¿in pondo , que no cample con ayunarlos dias que por . «Fernorfea yno en quanto 4 la malicia, que lo aygde - ley Eclebialtica ay obligación dé ayunar; fino que der ewquanto á la pena.Y es la razon;porque lama. debe ayunar otros ., que no fean de precepto. Ita licia te confidera en orden á Dios , que vé loscora. Sanchez en la Suma, lib. 1. cap: 14. num. 6. Suarez :COneS y y conoce la malicia terior; pero las penas 10mM .4.di/p.3 7 /cé!.G.num. 5. La razon es,porque la Eclefiafticas le entienden en orden, y refpecto 4 las — mente de los Confellores no fuele fer imponer los Legisladores: pues como los Prelados Eclefiafticos - ayunos,que aliás le deben de precepto ; atqui la ley no vean el interior , de al es, que no ponen las cen- obliga fegun la intencion del que la impone : lnego Íuras , y. penas contra los adtos internos, lino contra fiéndo la mente del Confeflor en eftos calos regu -los externos, que pueden vér,conocer, y juzgar. larmente querer obligar 4 ayunar en dias queno fdu de precepto , no le cumplirá ayunando en ellos CASO .VL las. , 28 Cayo renia hecho voto de rezas cada dia Wi Objeción, vna parte de Rofario; y vn dia rezandolo, dixoyque ' 31 Sid vn penitente mandale el Confellor; no tenia intencion de cumplir.con aquel Rofario quedielle limo(na,cumpliria el penitente con darla lu voto ; y que defpues rezaria otro con ellainten. al que cltava en extrema necelsidad , con fer yá des cion. Preguntaf , fe eftava obligado á rezar otro Rofán bida de obligacion la limofna al ral pobre necesitas rio > Relpondo , que no efta obligado á rezar otra do; como dize Sá verb. Sat isfattio , dubio 9. Azor vez , lino perluadirío que yá avia cumplido conel ¿ó/bmor.tom. 1. lib. 11.cap.14=9. 1. ¡0 fi luego? auu-

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