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Conf111.S. II.Cafos praóticos de la obligación de la ley,tac. hagan los a£tos thodo'humañto,y libreyes necellario tener intención de hazerlós; luego para cumplir las, leyes, es necellario exercer fus actos con intencion de hazerlos. Verdad es,que efta intencion no €s ne- cellario que lea aétual, bafta la virrual ; ni tampoco, es neceflario que fea exprella,bafta la implicita,que elta embebida en la afsiftencia libre, y devota al Sa. crificio de la Milla,rezo, Sc. como dize Caltro Paz lao tom, 1 .traét.3 4 difp.1. punót,17. fub num.7. $.25 suferunto Conclafion otlauda 13 Para fatisfacer álasleyes, no es necellario tener intencion de cumplir con ellas,fÍno que balta hazer modo hamano , y libremente ¿quello que la ley manda; ita cum Suarez, Vazquez, Salas,y Valen. cia,docet Bonacina vhi fupr.nant 9. y con Azor,En- riquez,y Sanchez,Palao en el lugat poco ha citado, num.S.Layman tom. 1. Lib.t. tratt.4.cap.S. fub nm. 6: Corolario 2. Calpeníe tom.t. traót.15.de legib. difp. 3-feét, 5. num.62. La razon es , porque la ley no mauda la intencion de camplir ¿fino que manda (6 haga tal,o tal cola: v.gr.que le reze,Íe ayune,Íe oy= ga Milla: luego el que exerce la cola mandada, anne que no la haga con intención de cumplir, latisface 4 la ley. | Conclufon. vonds 14 Con wyn agto,que (ea pecado por algun 6; ¿ circunitancia adjunta, le puede cumplir la ley, d, precepto: v.gr.el que ayuna por vanidad, O. hipo. crésia, peca; y no obltante cumple con el precepto, del ayano y ita docent communiter DD. apud Pa. laum »b¿ fupr. punét,28. num. 2, Y el que vá a la Igleña ¿015 Milla con animo de ver ada perlona q torpemente ama, larisface al precepto de l¿ Milla, como dize el Padre Calpente vb fupr. fect.6. num, 69. y 70. Prucbafe la conclulion porque la Iglelia manda la fubltancia del. acto,no el modo extrinleco del: atqui el que ayuna por vanidad,o hipocresia , y el que vá 2.0ir Milla con intencion inhonelta , no por ello dexa de hazer lo que €n fubitancia manda la Izletia : luego el tal cumple con la ley. Imo sel que con vanidad,ó otra circunftancia viciante,excr- ce la penitencia que le dió el Confellor, latisface a elle precepto,o obligació,como dize Suarez tom, 4.« difp.3 6.248) num. 1.in fm. Peroli efto tenga lu. gar en el precepto de la Confelsion , Íe dixo arriba traót.2.fiéb.2.conf.r.$.3.69/0 3 Conclufion dezima. 14 -Con vrimiímo aéto le pueden larisfacer diverlos preceptos, O leyes: v. gr. viene la Fielta de San Pedro en Domingo , con lola yna Milla que le oyga le cumple con los dos preceptos , que el vno por dia de San Pedro , y el otro por dia de Domin. go,mandan que te oyga Milla. Haze Juan voto de ayunar la Vigilia de San Mareo, en que caen tam- bien las Temporas, con vn miímo ayuno fatisface 4 las tres ubligaciones, del voto, Temporas , y Vigi 145 lía del Apoftol, Convienen en efta allercion comuna mente los Doétores, y coh fazoh;porque vna mifma cola puede caerbaxo diverlos preceptos,y ler man- dada por diveríos Legisladores, como fe dixo arri- batoncluf; 1. num,6. luego rambien con yn miíme aéto fe pueden cumplir diverfos preceptos, y leyes. Limitale la conclulion en las obligaciones de jufti- cia,que cftas fiendo muchas,ho le pueden fatisfacer con yn acto folor y.gr.el que debe ciento a Jhan, y Cincuenta 4 Pedto,no fatisface ambas obligaciones con vna fola paga,en que de a Juán los ciento , fino que tambien debe dár á Pedro los cincuenta. Irá Caítro Palao bi fupr. punét. 1 9.num. 1; q Conclufton vndezima: 15 A yn miímo tiempo fe puede cumplir cof Mmuchasleyes, haziendo lo que ellas mandan, fi los ¡aos mandados por vna, no fon incompatibles con los que mañda-la otra, Navarro en la Suma; Cap.22. num,S. Enriquez lib.9. de MifJa, cop.2 5. num.o. Y, alsi en el dia de precepto, en el tiempo que fe oye Mila , le puede rezar el Oficio Divino , y cucnplir con las dos leyes , como dize Bopacina cn el lugar átriba citado, puné?, gunum.S, Y Te prueba , porque la ley no manda la diverfidad del tiempo, fino los altos, o acciones: luego (1 eftas le exercen , alnque Íca en yn miímo tiempo, le cumplirá con las leyes. Py la conclulion,que [e cumplen a vn tiema po dos leyes , quando los actos de vnano fon incom- patibles conlos de otra ; porque (1 fueran incompati- ¿bles, no le podria 4 yn tiempo cumplir con los pre= ¡ceptos: v.gr . el precepto de celebrar. el Sacrificio de la Milla , y el rezar el Oficio Divino , no le pue- «den camplir a> vn mifnio tiempo , porque el dezit Milla, y el rezar, for colas incompariblesá ya mile mo tiempo: $. TIL Cafes praéticos de la obligacion de la ley humana , y del modo con que fe ha de cumplir. casoz Ñ 16 N feñor Obilpo veinte dias “antes de morir hizo vna donacion inter wivos á vna perlona de lu afecto. Preguntafe ,/0 efe donacion fue valida , tefpeéto de. fer contraria a la regla de Cancelaria de“bigints ? Y gencralmente, li. las reglas de la Cancelaria hazen ley. , y obligan Cm el fuero de lá conciencia? Refpondo , que la dona» cion dicha, que hizo el tal Obifpo, fué validá en el fuero de la conciencia : ita Valero in differentijs — ptriufque fori , verb. Donat. different.6.num.2. Y aun añade Engiquez en le Suma, £jt4 de Indulgent.cap. 30 $.7. en la Glof: litter. R. que en afmbos fueros es valida la donacion que haze el leñor Obilpo CErca- no ¿la muerte. Y generalmente , que las reglas de la Cancelaria no hazen ley, ul obligacion en el fue» ro interior , dize Diada part. to traíbin o. refol. 34. La razon es, porque dichas reglas lon lolo diredti- yas

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