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+" AE +0 Trat:TI:De los pecados Sec P 1 De ladifl.efpecifro. 13. ella de diverfo modo : ita D. Thom, vés fupr. art.8 que dize; Foicumque acurrik demer/unm, mn ren de elinans intentionem ad peccandum y bh ef dinerfa A y ties peccatiy v.g.el hurto, homicidio, adulterio , Con tumelia, rapiña, y de traccion ¿Le oponen ¿la vicrud: . Finguen cn c/pecie , porque le oponen. a divcríos de la Jufticia, y fe diftinguen:en »elpecie 3: porque/ oponen a ella de diverío modo: La avaricia, pre «digalidad le oponen ida vicmad de la Libera fe diftinguen en elpecic, porque le cpenen. diverío modo, La prelumpcion , y delelpera oporen á la vicrud de la Elperanca,y fe diltinguen en clpecie, porque rienen con ella divería opoli- cion. La foperfticion,idolarria, maleficio , y facrile» gio, feropónená la virtud de la Religion y y.fe: dile unguen en elpecie , porque le oponen 4 ellide di. verio modo. Afsi como en la Logica la (imple aprchenion,juizio, y difcuclo terminadó á vn mil mo objeto, fe diftimguen en elpecie , porque lo mis ran de diverlo modo. Y la razon, de, nuettra: aer. cion, es ¿ porque, quando de, diverío meda le opo- nenlos pecados 4 vna milma yirtud , dizen divería dilonancia 4 la razon : luego. en elle calo le diltin. guirán cp elpecie. ¿4 Conclufron. ¿narta. 9... Los pecadosfe diftinguen en elpecie , quita do tienen £n,0 circunitancia, que diga divería difos nancia a larazon,como fe dixo arriba trab.2. /é0.2,, $.2. v.groel husto que le haze con fin de fornicar, le: diílingue en elpecie del que fe haze con fin de dar limofna; porque, la fornicacion, y la limélina lon f., nes que tienen divería difonancia con la razon, El burto de cola fagrada le diltingue,en efpecie del. hurto de ccfa profana , porque cl fer la cofa fagra» da,es circunltancia que dize divería dilomancia 4 la; razon. Conclujion quinta, 10... Los diverlos preceptos diverfifican en el pecie los pecados, quando los preceptos tienen dia verlo moitvo:y.g.la perculión del Clerizo es divera la en elpecie de la del lego , porque la del Clerigo. la probiben el Derecho Natural, yCanonico,por di. verlos motivos;el Natural, por ler contra jufticia y y cl Canonico,por fer contra religion. El accello in. honelto con perfona que tiene voto de caltidad , es diverío en elpecie del que [e tiene con perlona que ño tiene tal voto;porque el accello con períona que tiene voto de cállidad, lo probiben dos preceptos, cl Natural, y Divino, con diverlo motivo ; el Natu= tal,por motivo de la caltidad; y el Divino,por. mo- tivo de religion,Pero fdos preceptos tienen vn mil mo motivo formal, aunque el material lea diítinto, ho diverfifican en efpecie los pecados, como le dixo £n el Supuejto 5 num, 5 Pruebate la conclulion:el pe- cado es traniore sión de la ley; luego quando la ley formalmente tuere diverío, por fer diveclo lu moti» wo,también [era diverío en efpecie el pecado, Conclufzon fexta, mE El pecado de omilsion , y comision no le Silinguen ¿n elpecie, quando len opucitos a yg Ñ $. 1% ¡ee mino precepto, si ca pero quando fé oponeñ E dis verlos preceptes; y. gr- la comifsion del hurto, ye df EE ”f S omilsion: de reftiruir , fon de vna miíma elpecies eigre le oponen 4 vn miímo precepto. La omil. ion de oir Mifla, y corrilsion del Ecmicidio, le dif preceptos. Veale á Santo Thomás 1. 2, que/?.7 2, art.6. Y la razon es,porque la ccmilsica , y omilx fon, que le opone á vn miímo precepto , no d.zem divería difonancia á la razon; fi empero quando fe oponen á diveríos: luego la comilsion , y omilsion, que le oponen á ya precepto , no [e diltinguen. y elpecie, (1 empero quando fe oponen a diver!os, ¡ Conclufion feptima, ta Los pecados de omiísion fe diflinguca en efpecie, quando losattos de que privar ton diver.. los en cfpecie formal: y. gr. la omisión de ayunar es divería en cpecie de la omifsion de oir Mita, porque el ayuno, y audicion de la Miffa , lon actos diverlos formalmente. La omilsion de la limolna cx divería en eípecie de la omilsion de relticuir; por que la reltitucion, y limoÍna fon-adtos diverlos fora: malmente.Las omisiones de los aótos de Fe, Efpea ranga,y Caridad,fe diverlifican en clpecie, porque los agtos de Fe,Elperanga, yCaridad,de Que ptiyan, fon formalmente diverfos,. Pero li los aétos de qué priva la omifsion lon folo materialmente diverfos, no fe diftinguen en elpecie dichas omifsiones: Vols la omifsion del ayuno en Quareíma vo le diltingue en elpecie de la omifsion del ayuno de las Tempos ras,porque el ayuno de la Quarelmo, y Temporas,, lolo materialmente le diftinguen, La omilsion de la Mifía en dia de San Pedro, no le dillingue en €. pecie de la omilsion de la Milía eu dia de San Juan y, porque ellas audiciones no le diítinguen furmala mente, fino materialmente. ConcliJign oftana, 13 Lospecados de peníamiento , palabra, y obra, (e diltinguen en eÍpecie quando fe oponen á diverlos precepios,mas vo quando le oponen á vna lolo; y.gr . el odio de Dios, la blasfemia, y homicis dio,fe diftinguen en elpecie, porque el odio de Dios l£e:opone á diverio precepto,que la blasfemia ; y el homicidio le opone a diverfo precepto, que el odia; de Dios,y blasfemia, El defco de fornicar , las pala brástorpes,y la fornicacion no fexdiftinguen en ef- pecic, porque todo cílo le opone A ynlolo precepa to formal,ó como dize el Angelico Dottor »bi fupz art.7.los pecados de penfamiento,que le conluman en clinterior, le diftinguen en elpecie delos que (e confaman en la boca ; y ellos , de los que fe confa- ran en la execucion, como la heregia fe dilngue ellencialmente d l perjurio, y cite del hurto, por- que el hurso fe confuma en la execucion,el perjurio en la boca, y laheregiía en el interior. Ylos peca. dos que no [e confuman en cl interior ¿bi en la bo- ca, no fe diftingaen en cfpecie de los que (< confas guau ey la obra,como el delco de marar, y el homi- E ¿ al-
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