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e am? o - PROD con la miíma diftincion ; e 108 Trat.II. De los pecados. Sec. Del pecado venial Ue: lo estambien contía la dignidad : «equi la indi 2- cion contra la dignidad, es mortal ; luego tambien la que es contra la períona» Relpondo,, diflingo el antecedente : la dignidad es infepara le e la per- : mente fe hallará el miímo delprecio intorpretariva «en la coltumbre de quebrantarla , corso dize San- chez en la Sama, lib.x, cap.5. mum.S. Peronoes el -delprecio interpretativo , ni material de la ley cl fona,en comun,concedo; de tal, 0 ral perfona, nie= que haze pallar el pecado de venial á morral, ina o el antecedente,y conlequencia. Aunque es ver= dad, que la dignidad es accidente, que precilamen- ne te ha de fujerarle en alguna perlona , pero no. eftá determinado 4 que fea efta , Ola orrá.O lino,ad- mitirc el antecedente , y negaré la confequencia; porque dado ¡que la dignidad no fuera feparable de la perfona , pero fon colas realmente diflintas períona , y dignidad ; con que fe puede bien verifi- car, que ay indignacion, y aun delprecio de la per» fona,en quanto tal, y no de la dignidad. CASO 1. 51. Cayotiene coftumbre de mentir,y de jurar con verdad, y cometer otros pecados veniales. Preguntafe , fó los tales pecados veniales pajfarin 4 mortal por caufa de la coflumbre ? Algo de cíto to- qué en la Praética del Confellonario, tract. 2. fobre el fegundo del'Decalogo , cap. 1. num. 5. fol. 26. de la primera co da y num.8. pag. 17. de la imprefsion en folio. Refpondo aora al calo ; que la coftumbre de cometer pecados veniales precilamente por coltambre, no paífa á pecado mortal : lo yno, pot- que muchos , ni repetidos pecados veniales no ha= zen vn mortal , como [e dixo arriba en el tercer fupuefto; y lo otro, porque la coltumbre es vna fa- cilidad, d habito procedido de la repeticion, de los attos ; luego tales qualesfuerenlos aétos , ferá el habito, facilidad , y coltambre : atqui los aétos fon folo veniales: luego lo mifmo,y no mas ferá la cofl- tumbre , facilidad, y babito. Dixe precifamente en razón de coflumbre ; porque li ella coltumbre fue- ra peligro de caer en pecado mortal, entonces pal. laria a lérlo,no por razon de coltumbre,si por cau- la del peligro , como coníta de lo dicho en el nam, 4 1.de efta Conferencia,en la conclulion QUALLa,, Objecionz 52 Lacomilsion frequente , y coftumbre de Caer en pecados veniales,es delprecio de la ley: at- qui el defprecio de la ley es pecado mortal : luego tambié lo ferá la coltumbre de cacr en pecados ve- niales, La mayor le prueba;porque no parete com. patible apreciar la ley , y quebrantarla cada hora: luego la frequente tranfgrefsion es delprecio de la ley. Refpondo, diftingo la mayor : la coltumbre de caer en pecados veniales es delprecio de la ley, in= terpretativo, concedo ; formal, niego la mayor , y diftinguida del mitmo modo la menor , hiego la contequencia. A la prueba de la mayor le relponde n toda tranígrelsion de pretativo delprecio de la conciufion tercera,num.7. mo dizeCaftroPalao tem. 1. 2 panic. 9.$.2. num.r. Y conbiguientgy precepto le halla inter ley,como lc dixo arriba Ó delprecio material,co traét.2..di/p. el blbrccio formal, ' A CASO P. 53 El miímo Cayorenia hecho propolita de ño reparar en cometer quantos pecados veniales (e ofrecieran-, y de no evirár alguno. Preguntaje, fs ek propojito de cometer todes los pecados beniales. ful 'Prcado mortal: En celta queltion ay dos cpiniones en; contradas : La primera dize , que el propolito de cometer todos los pecados veniales, es pecado mora tal. Aísilo enfeña con Sanchez , Bonacina tom, 2. difp.2.quef. 3 punél. 5 mum. 17. La legunda opinion enfeña lo contrario,y elta es deCaltro Palao tom, 1. trabt.2.difp.2. punit.9. $.3. num. 5 y efta juzga pon mas probable con Granados, Diana part.3. trach.6. vefol. 24. La opinion media es la mejor, y la que puede conciliar los dos extremos. Y afsi digo la primero , que fi el propolito de no evitar los peca dos veniales fuelle en Cayo peligro mortal para caer en pecado mortal , el tal ptopofto feria mor tal tatione periculi , como le dixo en el DIM. 41 y Lo qual no negarán los Autores de la fegunda (en. tencia , y lo concede expreflamente Caítco Palao en el lugar citado, wum. 6. Digolo fegundo , que E no huviera peligro de cometer pecado morral, na feria culpa grave el propofito de cometer todos los veniales: y á eto no contravendrán los de la primera fentencia , pues la razon por quedizen (ba pecado mortal el propolito de cometer todos log veniales , es por el peligro de caer en el morrals luego (i celsara clle peligro ,no lo condenarian A pecado mortal. Digo lo tercero, que en matcrlas , peligrofas,quales fon las de luxuria,el propolito de cometer todos los pecados veniales contenidos ¿dentro de la efpecie de luxuria , (e ha de juzgar re. gularmente por pecado mortal ; ita Sanchez lib. 1. de la Suma,cap. 5 .num.4. in fine. Pues en marería tan widrioía,moralmente parcce impoísible no cantelaz los pecados veniales, y dexar de caer en los morra. les. Digo lo quarto, que li el propofito de cometey todos los pecados veniales fuera en materia de hur. to, leria pecado morta!, quando las parvidade3, que fe propulieron hurtar,llegalfen 4 conftituir materia grave,como le dixo arriba, ¿ Objecion. 54 Elpecado venial es difpolicion para el mora tal : luego muchos pecados veniales lerán grande difpolicion para el morrál : luego el propofito de cometerlos rodos , ferá peligro moral de caer en pecado morral, Ref; ondo lo primero, que clte ar- gumento no es contra mi fentencia,pues yo no digo que dexe de ler peligro mora] para el pecado mor- tal el propolita de cometer todos los veniales, fino que lolo afirmo , que colo que celsára clle peligro, pg lerja pecado mortal, Re Ipondo lo fegundo,cen- ce- ue?
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