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Conf. 1: $: 111.Cafos practicos del pecado mortal, y venial. que fuelen defpertaríe con renitencia de la volun- tad. : En los aétos de las potencias,que delpoticamet- te fe fujeran 4 la voluntad , fi fon prohibidos, Lem- pre ay pecado , fi no falta advertencia , porque eh ellos nunca falta el confentimiento y pues fi la vo- luntad no quiliera; d no los imperara , ellos no pu- dieran producir fus aétos. En los aétos de las po- rencias, que politicamente fe fujetán 4 la voluntád; puede dexar de aver pecado , dimque lea con ad- vertencia del entendimiento , quando la voluntad no los impera , ni defpues que le delpiertan, fe de- leyta en ellos,9 los aprueba. Pracbale aora la refolució del calo propuetto: la deleétacion fenfitiva, que refulra de los movimien- tos vencreos,no le fujerá a la voluntad Con fujecion defporica,fi no folo politica: luego precifamente la perfeyerancia,o duracion de ella delcétacion lenfi- tiva , no lerá feñal de que la voluntad confliente en ella; Dixe , precifimente la duracion , 1 perfeneran- tía, no es leñal del confentimientosporque li el que adece eos movimientos es perfona de colum- bres derrotadas , y que facilmenté cae en pecados fenfvales , en caío de duda fe ha de juzgar que con- fintió:y fi es perfona timorara,que haze muchas fic- mes reloluciohes de no mancillar la caltidad; y que aunque tenga ocafiones de pecar, no lo haze, le ha de juzgar que no confintió, fegun le ha dicho en el Cafor:y2a Objecion. 22 La virtud de la caltidad es muy de vidrio, y facilmente fe quebranta y y las venercas deleéta: cienes (on tan connaturales, que con gran facilidad le pega á ellas el confentimiento : luego en calo de duda te ha de juzgar , que el confentimiento de la voluntad le rozó, y cebd en clas, Reípondo, que es werdad, que la caltidad es vidrio muy fragil , y ma- teria muy pegadiza la venerea deleétacion; pero en guien tiene pofleísion repetida de aver, confervado elle vidrio fin quebrar en muchos lances;y quien ( ha guardado en ocaliones varias de deslizarle en lus delpeños , ay gran fundamento para que en cas lo de duda le juzgue en lu favor , y le crea no con- fintid. Verdad es, que ad cautelam en ellos calos (era bien el confelflarlo , como praética todo hom» bre timorato , y lo advierte Caltro Palao tom. 1. traót.z.difp.2 punét.6 Sub num. 5. dn fines CASO 17. 23 Antonio tiene hecho voto de rezar todos los dias vn Pater niofter ; lo ha omitido por muchos dias, y aun meles. Preguntafe, fi ba pecado mortalmen- te , ¿fi por la paruidad de matersa ba pafjado effa culpa a fer folovenial ? En efta duda fienten Zumel. in za D.T hm. queft.S8. art. 4. dub penule. Sayro in Clani Regia,lib.2.cap. dle. num. 2 1. Y OtrOS, que las omif- fiones de elle leve rezo le vhen entre si, y €n jun- tandole muchas, hazen materia grave, y pecado mortal. La contraria fentencia lleva Aragon in 2.2.que/?.S8.art.3 Soto lib=7 de inf queft a atteda 103 Villalobos tom. 2.de la Sam.traét. 3 4.difRc.3 num. 33 y como probable la citaTanmero,apud Dian.pare. 3, "trabt, 5 .refu.24. y Otros, que dizen ¿ que aunque en todo el año le omita elle tezo,no fe continúan ellas “omilsiones, ni Conftitayeh materia grave:, fino qué cada vna es folo pecado venial porque muchos pe- cados venjales(dize Villalobos ibi) no hazen vn pe- tado morral. "24 Refpondo al calo ( quidguid /b de” his opi> "nsonibus)d Antonio'tuvoanimo deoblizarle d rezar elle Pater nofter e honra del Sinto; qué cada dia 'ocurrielle; de tal fuérte, q el rezo fuel carga anez xá al dia, d no tuvo'cfle animo, fino'4 lino cumplia el rezo oy , quifo obligárfe a complitlo mañana 3d otro dia, de manera que la obligacion ño eltuvicils fixa al dia determinado. Si Antonio a4x0 (1, intén= cion á cada dia , de manera que no palfafle de va dia á otro,en efle cáfo cada omilsion fue folo pecas do venial,y no fe continuaran, aunque lo dexára to2 do el año, a conftituir materia grave. Sic Vazquez, apud Calpenlem tom. 1.'traét. 12. de peccat. difp. 34 $e4.5. num.6. Layman lib.1. traff.3.cap.5.num.8s Y (e prueba , porque comicndo cada dia de 'ayuho vna párvidad , no fe continúan ellas parvidades de muchos dias, para conftituir materia grave. El omia tir muchos dias via parvidad del Oficib Divino, no haze materia de pecado morral. El trabajar cada dia de Ficíta vn poco,no fe vne para jantar materia grave; Suarez tom.2,de Reliz.lib: 5.54). 5.num. 9. 0 Jeq» Y esla razon; porque el ayuno, rezo, y Fiefta, fon colas anexas al dia , que con el le acaban y no paflan al dia figuiente; y por ello no fe vuen las parvidades de vt día con las del otro : luego (i An- tonio tuvo animo de que [a rezo fuelle carga fisa A cada dia,no fe wnirian lus omilsiones para conítivuie materia grave. xa al día , no que (a animo fué, que lá obligacion del rezo paffalle a mañana , li oy no lo cumplia, ch elte calo las parvidades le vnian para con'tituir ma. teria grave 5 ¡ta Layman , y Vazquez en los lugares citados ; porque la obligacion del voto fe funda en la intenció del que lo haze: luego 6 fu intencion es, que cada dia le extinga la obligacion, y no paíle de alli, fe extinguira : y Alu intencion es que parla “otro dia , pallara, y le juntará con las obligaciones delos (iguientes dias, y todas juntas harán vn tod”, que en llegando á fer materia grave conflituirá pa- cado mortal. | 26 Sife duda de la intencion de «Aritonio , le ha de juzgar piadofamente, que (ú animo fué deter minar al diz lá obligacion, y gae no pafalle del, “ni fe vnirá a conftitulr materia grave; ita-ex Soto docer Layman »hi fupr. num, 9. donde dize, que quando fe duda de la intencion del vovente en log votos reales; v.gFide dár cada día vna leye limofra, [e ha de juzgar, que la mente del que vota no es de terminar al dia la obligacion, fino que paíTe al otra dia , y fe “vnan vnaspórvidades a otras; pero que en los votos perlonales , le ha de juzgar en y + u-

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