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100 Trat. 11. De los pecados. Sec.1V. Del pecado venial,Grc: Saia lemiolena. A ' Supongo lo quarto, que Esp conocer quan- do el pecado ferá mortal, 4 venta! ex genbre! fue, Ye ha de obfervar elta regla: Aquel lerá pecado mor- luo obietto,nafía 4 fer leve,(1 fe haze con adverten». talex geubre fuo , que-gravomente e iledal para.con.Dios, 0 para gon el proximo ;, ata COn figo Milmo; y aquel lerá pecado venial ex genere fuo , que levemente daña la caridad de Dios / del: proximo , 0 la propia. El odio de Dios,la blasfe- mia, el pesjucio, la idolatría, fon pegado mortal ex: genere fuo, porque le oponen gravemente 4 la ca- ridad , y amor de Dios. El odio, vengaánca , homi- queft.z 2, art,s «ad 1. acqui lo finito, e infinito En? + razón de tales effencialmente le ditinguen : luego el pecado morral, y venial,en quanto tales, hempre Te diflinguenteTencialmente. $ Supongo lo leptimo,que tres colas le requie= ¡ren para el pecado m 1; la vn de; parte «del en- E rendimiento, la Otra diparte de : dela' voluntad , y la otra de parte de la materia. De parte del entendi. ¿niéínto le requiere plena advertencia; de parte de lá voluntad, pleno confentimiento; y de parte de la £ maceria,; que fea graves qualquiera de las:res colas que falte, no avrá pecado mortal ; Gfalta la adyer. tencia, plena, aunque aya confentimiento pleno,y la cidíó, hurto, miurmuración y contumelia , lon pe- 4 Inateriallca grave, el pecado no ferá mortal: fi fal. cado mortal ex genere fuo , porque dañan graves mentela caridad del proximo. 4 embriaguez , la luxuria, lon tambien pecado'mortal' ex penere fuo, porque gravemente dañan' la caridad propia. La diitraccion en los Divinos Oficios es pecado ve- nial ex genere fuo , porque levemente (e oponexá la Divina caridad. Elno dar limofna en las comunes necísidades 2 efte , 0 al orro pobre, es pecado vez nial ex genere fuo, porque levemente daña la cari- did del proximo. La palabra ociofa, la mentira jo cofa, la deltemplanga ep el comer,beber, reir, dor mir, Sc. lon pecado venial ex genere fuo,porque lea vemente dañan la caridad propia. y de +6 Supongo lo quinto, que“el' pecado mortal, y venial, vnas vezes le di ltinguen én elpecie ellen- cialmente , y otras folo accidentalmente : diltin- gueníe eflencialmente, quando Stienen opóficion con virtudes diverías, d fe oponen 4' diftintos pre- ecptos, como el adulterio, y la gula fe diftinguen ellencialmente , porque tienen opolicion con 'vir- tudes diverías : el adulterio le opone 4 la julticia, y ealtidad, y la gula 4 la templanga : la mentira , y el adulterio le diftinguen effencialmente, porque [e oponená diverfos preceptos; el'adulterio , al fexro; y la mentira ,aloétavo. 'Diltingueníe accidental. mente el pecado mortal , y venial, quando fe opo- nen 4 vn milmo precepto , O tienen vn milmo obje-. to ; como el hurto grave , y leve [e diftinguen (olo accidentalmerte , porque fe oponen 4 yn miímo precepto, y tienen vná materia , y objeto “ellencial. La maldicion material, y formal fe diltinguen lolo accidentalmente, porque el precepto a que le opo. nen, y el objeto 4 que miran,es el miímo. 7 Supongo lo fexto,que aunque el pecado ve- nial, y mortal, como le; ha dicho, algunas vezes le diltingan lolo accidentalmente por razon de la ma- teria; pero enrazon de mortal, y Venial fiempre fe diltinguen elencialmente , alsicomo el ánimal de dos pics, no (e diftingue eflencialmiente ; en razón de animal del de quatro pics; pero en razon de quadrupedo s fe diftingue ellencialmente de bipe- dde doses tes y negro 0 » nO le diftinguen ellencialmente, peto en razon del' color si. Y la razon de mueltro allumpto es, porque el pecado mortal, y venial dif tan quak infinito ¿como dize Santo. Thomas 1. np a ¡fa pleno contentimiento , aunque aya plena adver» “tencia,y la mareria (ea grave, tampoco avrá pecado “mortal; y aunque aya pleno confentimiento , y ada verrencia plena,(1 la materia no es grave, tampoco lerá mortal el pecado. , ' A ' Ñ TH. AJJerciones varias del pecadogmorsal , y venial. o PA t Conclufion primera. ig E' petado' ex genero Jus mortal pueda : 54 paar Aer venial ex arcidenti ; pot tres colas: la primeta;por falta de adverrencia : la fegunda', por falta de' confentimiento : lá terceraz por falta de grave materia. Quando la advertencia del entendimiento €s fémiplena , el pecado fera ved nial,aunque la mareriflca grave, y la voluntad ple namente confienta pella:v.g. a vn hombre ayrado mucho, fe le prop matar 4 otro,confiehte en ello, y le tefuelve totalmente 4 hazerlo; pero la ira le tiene ciego el entendimiento de manera, que no advierte plenamente , En que lo que delea hazer es malo : en elte calo el deleo de matar, que ex genere Jus es pecado márral ,palla a fer venial , por falra de plena advertencia. Conclufton fegunda. . ro Quandola advertencia es plena, y la mas teria grave , poro la voluntad [olo femiplenamente conbiente, el pecado mortal ex genere fuo paíla tam bien á ler venial ! vigt. proponele al entendimiento yn objeto obleerio,advierte plenamente lu maliciaz y la voluntad,aunque fe inclina alguna cola 4 con- fentir,pero no confiente del todó, ni en cl deleo de la obra,ni en (ú deledtacion: en cíte cafo, ¿unque la materia es grave,y la advertencia del entendimien- to'plena, peto Como el confentimiento dé la volun- tad es folo femipleno , el pecado que esmorra! ex genere fuo, le haze venial por falta de pleñó confíen timiento. |+ Conclufion: tercera. 11 — Aunque el entendimiento plenamente ad- vierta, y la voluntad pleriamente confienta, Íi la ma. le» ER AE 20 e a ia a A, O AY AA A A E E Sr A o da A

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