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Cap. 11, Del Oficio Divino. 35 do el miímo Beneficiado,óCape- llan pobre , le pueda aplicar a 1 mifmo,con confentimiento de fir Confeflor, O otra perfona doc- ta lo que avia de reítituir á los pobres. Porque no es el miímo (fiendo neccílitado verdadera mente ) de peor condicion, que otros pobres. Sic cum Navarro, O alijs pluribus Leander á Sa. cramento vbi fupra q 30 34. Alguna limitacion dán Diana, y Torrecilla en los lu: gares citados á elta doétrina de aplicaríc 4 1i el Beneficiado po- bre , lo que avia de dar a otros pobres ,. diziendo , que elto 16 ha de entender”, Coá: tal, que ello: mo fea:ocafiom de mo rezizr. Pero yo JUZgO , y creo; que la mente de eltos graves Auto- res lerá, que no lo hará? licita mente el Beneficiado pobre, fiendo efto ocalion para ¡no re- zar;pero ño el que no lo hará va- lidamente.No lo hara licitamente en elle cafo , porque 4 nadie es licito hazer aquello , que le es peligro , ú-ocafion de pecar: Luego en caío, que el aplicarle el Beneficiado pobre, lo que avia de dar á otro, le fea oca- fion de no rezar, no podrá hazer licitamente effá aplicacion. Pero lo haria validamente, cto es, quedaria libre de la obliga- cion de darlo á otros pobres,aun- que le fucíle ocalion de no rezar; porque para eximiríe de fi car- ga, balta , quelo dé A pobres; el luponemos lo es verdaderamen- te: Luego aplicando aflí, queda- rá libre de eíía carga, O obliga- cion. Y fe confirma, porque el Beneficiado, que afíiíte á fus pa- dres, O hermanas pobres, cum- ple con la obligacion de reltituir á otros pobres, como conceden Diana, y Torrecilla, fín la limi- tacion de.no ferle ocaflion para no rezar3 y el que (risfaze por Bulas de compoficion, Cumple baltantemente., dize Torrecilla nun. 47. fin poner tampoco ella limutacion; y aunqne la conve niencia de latisfazer don Bulas, ó aMitiendo 4 los padres, o her- manos pobres, fucfle ocafion pa- ra no rezar , no dexara de (2115. fazer por eflo.validamente el Be. neficiado 4 la carga de la relti> tucion; aunque lo hará ¡llicita= mente, por el peligro: Lucgó lo miímo le ha de dezir, quando le aplica ali mimo por pobre, lo que á otros avia de dar. 35. P. La caía, en que- vivo, neceílita precilflamente «de algu- nos reparos 3 podré gaftar en ellos de la porcion , que «debia reftituir á los pobres? C. Y ella caía es parte anexa a la Capellaniad *P. Si Padre , entra en la parte de larenta; que inftituyd el funs dador, z Ea €.

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