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Conzregacion,que todas , y cada wna de las referidas indulgencias en parte ton tiagidas, y totalmen- te fallas, yen pares apocryfas, ypor Otro lado nulas , que a nadie pue- dea aprorechar; y prohibe, que de aqui adelante ea ningun lugar e publiquen por verdaderas , niíe propongan, para que las ganen los fieles Chriftianos; y manda,que to talinente Íe borren las hojas , O li- bros, en donde aísi eítán propuel- £as,O afirmadas,menos,que las di chas, Indulgencias diligentemente le ayan examinado;mas no por el- Lo quiere, que owas,que no fe con- tienen. en eíte Decreto , le pongan por verdaderas, y legitimas,y taci- tamente aprobadas. : S.6. Y finalmente declara, 4 todaslas Indulgencias concedidas antes de el Decreto de Clemente Mide 9.de Enero de 1597.2 las Coronas, Rofarios,cuentas,o gi a- nOs, Gruzes,o Imagenes adas, fon malas, y de ninguna Éue;qa, O momento; y lo mimo es delas có- cedidas ames del Breve de Paulo, Y ¡que empieza; Romanus Pontifcx, €c. expedido,a 23. de Mayo dé el año 1606 alas períonas regulares, de qualelquierd Religiones; y-Or- nes, aunque lean de las Mendican- tes : (Nota, que estas Indulg enciasy: que revoro Paulo Y. ,: fon de las. que. bavia ejlapropofi.ion 37,£ordenada. por Alcxaniro Y 11.) O.antesde la, Gonilicució 115ideClemére VI. que empieza : Quecuimgue, arc. y la 68.de Paulo V.que empieza ;.Que cAditiemes para el tratado XV 11. Jalubriter,erc. avidas por agtedas ciOn, O Otra comunicacion de al. guna Archicofradia,Orden, Con= gregacion, Compañiaifianque íí la de Jesrs,Cafcio ios ra Junca,ú de lus Onciales, Supe= riores, y otras períonas,d períona, aunque lea de aquellas, y aquella de quieníe de viera hazer efpecial, y individual mencion; fino es,que defpues ayan fido inovadas,d cón firmadas por autoridad del Roma» no Pontifice. 8.7. Tampoco fe permiten log. fumarios de Indulgencias , conce». didas álas Congregaciones de la Doétrina Chriítiana,á las Cofra- dias de la Santiísima Tricidag, y Redempcion de Cautivos,del Ná» bre de Dios,del Rofa:¡o, de nuef- ta Señora de la Merced , y Ke- dempcion de Cautivos,de nueftra Señora del Carmen, de la Correa de Saa. Aguítín, y Santa Monica, haíta que fe reconozcan porla mil, ma Congregacion. ; $.8. : Declara tambien , que las Indulgencias de las Efaciones dela Ciudad de Roma , que algu» Las vezes por fingular beneticio le ban concedido , o en adeiantele concedieren por los Roma105 Po-, tifices alguna vez,d algunos Luga- res, Ordeves;ó perlo:as,que le pue; dan ganar lolamente los días de, Eflaciones ,.que le levalan ey el Mifal Rgmano, GA pbiono y -¿5:9m, Y finalmen te declara, q, la Lndulgencia plenaria, SN ) da 4los.que cu digs dererminanos: YH it

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