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tiempo de entredicho, Num. 224. y de ler ordenados de los Obifpos fuera de las Temporas, num.225- Y de (er difpeníados de lus Prelados en los inrrerfticios, + NUM.226, Ni les eftá reyocado el privilegio de po- der difpenfar , el impedimento: de pe- dir el debito, Es DUM,227, Veaíe la palabra Religio/os. PROCURADORES. Es muy femejante fu oficio. al de los Abo- ados; y cafi todo lo qué de eftos fe ha e > fe les puede aplitar, £160.0.34. No.pueden llevar mas. del que lu trabajo merece”, y (1 lo llevan eftin ob.igados ¿Teftisuir, £.261.0.35. Si. puedan quedaríe con los derechos, que la parte les entregó para pagar al'Abo= de Notario,cediendolos eftos,n.36. Si pueda delegar á otro la agencia del he- ocio, quele encomendaron, dando al fubítituto menos (alario del Gue él re- cibió, + f.262.087.: Pueden de palabra,ó por efcrito informar al Juez en día de fiefta , aunque fea por interés, + fol 263. num.33. Sk pueda recebir del litigante falario , quando no huvo concierto de ello, ni Animo expreflo de llevarlo; ; num.39. SY dandole la parre citipendio para pagar el parecer del Abogado,pueda cor con- fentimiento de efte trabajar el parecer, y repartir entre los dos el falario,f,264. num,40. “Qando quede irregular exerciendo fu oficio en caufas criminales de langre, £, 311.D.1064 . : PROPRIEDAD:'- Es pecado de propriedad , el que exponga - cl Religiofo dinero aljuego fin licencia de íu Prelado;». fol.185.1u.13. Pucde el Religiofo pecaf contra la pobre- z3,y ño [er proprictarioy £.192.1h1..26, ayando fea la propriedad pecado reíerva- do cn-las Religiones; ibi. St el: Religiofos que gala alguna cofa en víos profenos con licencia de fus Prel: dos, fea proprietario , y que tal a ya de fer efía licencia, fol.201-ibi.num., 4L Y 429=. INDICE. 527 R. RELATORES. Su oficio es referir los pleytos en la Aus diencia , deye eftudiarlos bien: fi por fu omiflion fe figue daño a la parte, lo ha de refarcir, No'ha de trabajar por otro , fino por fi ¡los' negocios ., ¿ni puede moftrar al colitigante los meri. tos de la caufa y ni la fentencia hata que fe. publique, .. . . fol.280.n.62. Deve.con. equidad referir ali el hecho, como:cl derecho de ambas parres , fía ponderar con pafhion la juíticia de vna parre,.mas que:la de otras. f281.0.63. Como aya de guardar: la. tafía en recebir el precio de fu trabajos, num.64. Los cítd prohibido el recebir prefenres, ó dadivas de las partes , Ái [ea penal la ley , que efto prohibe, . a-65.1bi, RELIGIOSOS, Pueden por privilegio abfolver de la ful penfon refervada-al Papa, fiendo ocul- to cl caío, f15%:.25<y É21.M.10. Puede dezir Miffa Alas dos de la mañana, ú delpues de Maytines, £.57.0.5. Y tambien a las tres de la tarde, ibisn. 6. Y pueden Belebrar en qualquiera lugar de- cente, como el Obifpo. no lo contradi= za, fol.58.num.7. Con que Sacerdote ¿ puedan Confeñarfe, fol.178, num.1.8 [eg.,, Si puedan cn viftud de-la Bula, ó Jubileo elegir Conteo que los ablivelva de culpas mortales no referyadas, fol.180. ibi, núm. 445. y Sn i pucdan exponer dinero ¿ juego, £383. 1b+ num. 11 Veafe la palabra Juego, Sí puedan fer abíucltos decafos referya- os ea virtud de la Bula,, £-1850um.14. S leg... Como pequen no guardando fu regla, fol, 196.1UIM:35 + Como devan obedecer á fu. Prelado »fol, 157.1binum.36 E (eq. Veale la palabra Obediencia; Pecali no aplica la Milla á intencion de fu

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