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26 UNDICE, Si“ peque gravemente el Religio'o , que guardando fu regla , no riene añimo de alcancarla perfeccion ,*4 que ella fe ordena, f.213.0 55. PESCADORES. Es probable, que no pecan pefcando en, rios prohibidos pór ley penal, fol. 352, num-49. ' Si pueden pefcar, en día feftivo, ibi, PINTORES. Pecan gravemente fi dan 4 alguno copia dei original > que/torpemonic ama fol. 251: pum. 43. ( A que precio puedai «vender las pintu- ES 1bib. No les cfcufa el travájo, de la obligacion de ayunar.Si puedan travajar €n dias de ficlta, * . ibid. POBREZA, Quebrantale el-Religiolo boe fin kícen- cia de fu Drelado Expone dinero al jue- o , y qual (ca :matería grave en cito, z bo. 185. NUM», 13: ; Obliga la pobreza ino tener en cftavi- da dominio fobre cofa- temporal, y áno « diff') permutar » O enajenar cola alguna "a lceicia del Prelado, — 1bid..tol: 202. nun 43: A E Para rézcbir el vío de las ¿cofas neceña- rias, bafta la licencia-prefuñta ; y quan- odo fe dirá , que ay tal licencia, loud, fol. 203. numn.'44- Sifedcba prefencar al Prelado, lo” que ferccibió con la licenera tacita, O pres :“Luntas fol. 104- DUA). 45» POLVCION. Es pecado diftinto en expécie de la Códo» mia > y beftiaiidad, : £ 425. Num. 151, Lo miímo [e dize delos defeos de eftas colas» fal. 427. nu. 153. Y lo/Ímifino de la.delegtacion moro;a acer- o vea de ellas, ibid. Si lea necedario explicar en la confelfion y la diverfidad de objeros, que hubo en P- la polucion, - num. 154» uando feapecado refervado, num. 156. Donde [e impugna acerca de elto la doc- ' El intrinfeco, puede fer medió ¿ *trina del Padre Fr. Manuár: Concepcion, fol. Pi PRECIO, : : fu é infimo; el extriníeco es indivi: fol.345.num,35 , A qual puédan verider-los Merca Vealeia palabra Mercaderes, - PRED ICAR Tiene el Parrocio obli zacioó de hazefie por derecho natural, Divino, Eclefaf tico, tol 20.h > e . 11.9. Incumbe-cita obligacion en os Domino gos, y Fieftas, : IDi-nym,to, Por yarvidad ¡e puedo cícular de culpa grave, fi envdiveriás. vézes dexa los Don min¿os, que ticas ya mes, Colina, No.ic cícuía ci exemplary de que otrosno lo ¡14Z<D, fol 113.0um.14 Niel averorros Pred cadoré E cltos «1 «pítdic.a Sermones doct, riales ; nitan. tos y: gquantos devicra el Pasroco, jid4a num.1s. Tampoco, le efcufa el dezir, quetiene po» ca habilidad para predicar» fol. 115 DUM, 13:y 9. S1 ¡cs Epic ci tiempos: que la gente efld otuvada en lás iabótos del campo, fol PU da E derespibi, Ml O SUAPRELADOS | Los: delas Rige, que colas puedan «mandar 2 vas tubdito», £197.056. Dc que palabras vien, quando co: Lover diencia quieren Obigar á culpa , s0k; 198+ (bx. pum, 77. pá ¡Weoñie la pajabra Obediencia. De que delico de heregía puedan ab/ole ver, fol.365. nuba.:7.86 cg. Y eaie la palabra Hercgia: PRIVILEGIOS. No pued: los Kegu:aros víor de los que xpreffamente revocó el Tridentino fol. 460, NUM,22% ? i Pueden de los no revocados, aunque €: Concilio difponga cofa contraria Privilegio, + * ibi.nu.223 Pueden viar de el deadmiur. Seglares los Qjicios Divinos en fus 14 an

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